Bajo las leyes de California, los actos violentos tales como: agresiones o amenazas, cometidos en contra de cualquier persona, constituyen un delito cuyas consecuencias legales generalmente son de prisión y/o multas. Pero cuando dichos actos son cometidos contra un miembro de la familia, las sanciones que se enfrentan son mucho más rigurosas y los casos se vuelven aún más complejos.
Dicho lo anterior, se entiende por violencia doméstica cualquier acto violento (físico o psicológico) cometido en contra de una persona enlazada por sangre o matrimonio. Por lo general, estos actos se cometen en contra de un cónyuge, pareja, o contra los hijos, pero también incluye a ex parejas, hijastros, entre otros. La violencia doméstica, entendida como una categoría, abarca distintos delitos que, según su gravedad, son sancionados con penas en muchos casos rigurosas.
Contacte un abogado de violencia doméstica en CA
Los delitos de violencia doméstica son cargos que se toman muy en serio y cuyas sanciones pueden conllevar pena privativa de libertad y/o pago de dinero por concepto de multas. Por esta razón, si usted está siendo investigado por este delito, es recomendable que busque asesoría legal, entre más pronto un abogado se involucre, mayores serán sus posibilidades de conseguir una sentencia favorable.
Contrate un abogado de delitos de violencia doméstica en Los Ángeles de LA Criminal Defense Attorney, y coloque en manos de nuestro equipo, todo el proceso legal que rodea su caso.
¿Qué es la violencia doméstica?
Como lo mencionamos en líneas anteriores, la violencia doméstica abarca actos violentos tales como: agredir, amenazar, acechar, abusar sexualmente, intimidar, y cualquier otro físico o psicológico, cometido contra un miembro familiar, e incluyen: parejas, ex parejas, hijos, hijastros, padres, y cualquier otra persona que se encuentre dentro del seno del hogar.
Cabe aclarar que, los actos violentos cometidos contra una pareja, no requiere necesariamente que exista un vínculo matrimonial de por medio para que se constituya un delito de violencia doméstica, sino que, por el contrario, también se incluyen:
- Novio/a
- Una persona con la que esté saliendo
- Una persona con la que conviva
- La madre o el padre de sus hijos
De igual manera ocurre si el delito del que se trate fue cometido contra una expareja, no requiere que haya existido un vínculo matrimonial y muchos menos que exista un divorcio de por medio, sino que haya tenido uno de los vínculos antes descritos con la víctima.
Ahora bien, en la violencia doméstica, entendida como una categoría, abarca una serie de delitos, cada uno de estos están regulados por estatutos diferentes, y en consecuencia, sus sanciones son distintas, dependiendo de la gravedad del delito, y de los detalles que rodean cada caso en específico, unas son más rigurosas que otras.
¿Qué delitos abarca la Violencia Doméstica?
Las leyes de California regulan delitos muy específicos que, de ser cometidos contra un miembro de la familia, se envuelven dentro de la categoría de violencia doméstica, algunos de estos son:
- Lesión corporal a un cónyuge
- Amenazas criminales
- Abuso de ancianos
- Violación de una orden de restricción
- Negligencia infantil
- Porno venganza
Lesión corporal a un cónyuge
Según el estatuto 273.5 del Código Penal de California, constituye delito causar de forma intencional lesiones corporales a una pareja.
Bajo ese contexto, este delito requiere, como elementos para su ocurrencia, la coexistencia de las siguientes circunstancias:
- Que la persona lesionada sea pareja del agresor
- Que la agresión haya causado una lesión
- Y que el hecho haya sido intencional
Es importante mencionar que, el estatuto 273.5 de la mencionada ley, considera “pareja” a toda persona que es cónyuge, cohabitante, o prometido del acusado, incluso la madre o padre del hijo de este, o con quien ha mantenido citas románticas. Pero también se incluyen dentro de estas, cualquier persona que de las anteriormente mencionadas, con quien haya tenido una relación en el pasado. En tal sentido este delito, no se limita en sí a que sea cometido contra un cónyuge, basta con que sea pareja o incluso expareja.
Amenazas criminales
De acuerdo con la sección 422 PC, es un delito proferir amenazas de matar u ocasionar un daño en contra de otra persona. De ser el caso, que la víctima de este delito sea, por ejemplo, cónyuge del acusado, el hecho se tendrá como un crimen de violencia doméstica.
Comúnmente, causa asombro en los acusados cuando se inicia un proceso en su contra a razón de este delito incluso cuando no se produjo siquiera un acercamiento físico con la presunta víctima, sin embargo, esto es así ya que no se requiere que la amenaza realmente se haya ejecutado, ni que el acusado tenga o no la capacidad para ejecutarla, o si quiera tenga la intención de llevarla a cabo, dado que realmente, este delito penaliza es el daño psicológico causado a la víctima con motivo del miedo razonable que le generó la amenaza y no si se causó o no un daño físico.
Ahora bien, los elementos que deben concurrir para que se tenga como amenazas criminales son los siguientes:
- Que el acusado haya amenazado con matar u ocasionar lesiones corporales
- Que la amenaza en sí se haya comunicado por cualquier medio (oral, escrito, o electrónicos)
- Que la amenaza sea clara o inequívoca, es decir, que no haya posibilidad de duda, sino que, por lo contrario, la amenaza sea entendible.
- Que la amenaza causara en la víctima un miedo razonable por su seguridad
Abuso de ancianos
Bajo la sección 368 del Código Penal, se entiende por “abuso de anciano” el abuso físico o emocional, y la negligencia cometida contra una persona con edad de 65 años o mayor a ésta, así como también que este sea explotado financieramente.
A su vez, a los efectos de este delito se entiende por “abuso físico” causar dolor o lesiones injustificables sobre el anciano. Y por “abuso emocional” el sufrimiento psicológico causado a la víctima de la tercera edad, esta última usualmente se evidencia en circunstancias donde este es aislado o avergonzado.
Ahora bien, este delito se tiene como violencia doméstica en los casos donde el abuso, la negligencia, o la explotación financiera, sea cometida por el hijo/a de un anciano o por su esposo/a.
¿A que se refiere la negligencia en estos casos?
La negligencia, en términos generales, constituye la falta de cuidado o diligencia de una persona para hacer algo. En el caso muy específico del abuso de ancianos, esta negligencia se traduce en poner en peligro deliberadamente a una persona de la tercera edad (65 años o mayor).
Un ejemplo que sirve para ayudar a explicar esta situación es el caso de un hijo que, debiendo haber limpiado la herida del pie diabético de su padre, no lo hace, o que se vaya a trabajar todo el día sin haber dejado comida preparada a sabiendas de que su madre anciana, quien quedó en casa sola, no se puede valer por sí misma para realizar las actividades de la cocina por cuanto perdió las habilidades de movilidad a raíz de la vejez.
¿De qué se trata la explotación financiera en los casos de abuso de ancianos?
Bajo el texto normativo que rige este delito, la explotación financiera se entiende como el uso indebido o ilegal de los recursos económicos de un anciano (de 65 años o mayor).
Los cargos a razón de esta sección del delito comúnmente ocurren cuando el cónyuge, o los hijos de la persona de la tercera edad se aprovechan o toman ventaja del estado senil de esta persona (muy común por la edad) para obtener dinero o cualquier otro beneficio económico indebido, por ejemplo: desviar cheques, hacer uso de sus tarjetas de crédito, engañar para obtener una firma de hipoteca, o cualquier otro similar.
Violación de una orden de restricción
Para entender este delito, primero debemos definir ¿qué es una orden de restricción? A esta también se le conoce como “orden de protección”, y es una medida emitida por juez que cumple la finalidad de resguardar a un individuo respecto de otra persona que constituye una amenaza a su seguridad, restringiendo o limitando la libertad de esta última. En palabras más simples, una orden de restricción limita la libertad de una persona para disminuir el riesgo de que este le pueda causar un daño a otra persona.
Una orden puede implicar; la obligación de abandonar tu lugar de residencia, mantener una distancia determinada con la presunta víctima, evitar ir a sitios que esta frecuente, u obligación de no contactar por ningún medio a la víctima, todas estas condiciones no son limitativas de otras que se apliquen por las circunstancias del caso, pero si son las más usuales.
Estas órdenes se clasifican según el caso específico que aplique, las que nos importan a fines de este artículo son: orden de restricción de violencia doméstica y orden de restricción de maltrato de ancianos o adultos dependientes.
Ahora bien, el delito al que aquí nos referimos corresponde a los casos donde las condiciones establecidas por el Juez en la orden son violentadas por el sujeto restringido. Para que usted enfrente cargos a razón de este delito deben encontrarse presentes los siguientes elementos:
- Una orden legalmente emitida: que haya sido emitida por un Juez dentro de su competencia, de lo contrario esta sería inválida.
- Conocimiento: usted debe ser notificado mediante un juez, la copia del documento, o un agente de la ley, sobre la existencia de esta. De lo contrario no surtiría efectos legales en su contra.
- Capacidad: que las condiciones contenidas en la orden sean razonables y justas, de manera que, una persona tenga capacidad para cumplirlas.
- Intención de violentar la orden: Por último, que usted haya planificado intencionalmente violentar las condiciones de la orden.
Negligencia infantil
La negligencia infantil comprende aquellas situaciones donde un padre omite deliberadamente los cuidados o las necesidades básicas de un hijo menor de edad.
No solo el maltrato físico o psicológico implica un peligro para menores, también lo es la falta de cuidado o descuido. No proporcionar ropa, alimentos, supervisión, o poner al niño en una situación de peligro por descuido, por ejemplo, dejarlo encerrado en un vehículo sin aire acondicionado, son motivos de estas acusaciones.
Para ser hallado culpable de negligencia infantil, el fiscal ha debido probar los siguientes requisitos:
- El vínculo de padre e hijo entre el acusado y la víctima
- Que el niño sea un menor de edad
- Que usted omitió proporcionar cuidados y necesidades básicas del niño
- Y que la acción de omitir fue deliberada
Porno Venganza
Este es un delito muy común, y que normalmente es cometido por la expareja de la víctima. La porno venganza implica que una persona motivada por venganza o celos publique en línea (Facebook, Instagram, WhatsApp, o cualquier otro similar) imágenes y/o videos de índole sexual explícitos de una persona que no dio su autorización para ejecutar tal acción.
¿Qué sanciones son aplicables a estos delitos de violencia doméstica?
Como lo mencionamos en un principio, el tratamiento legal para cada uno de los delitos abarcados es diferente del otro, y en consecuencia las sanciones que se emplean para cada hecho punible también lo son. Para cada cargo en específico estas son las sanciones que se pueden enfrentar:
La lesión corporal a un cónyuge se considera lo que se le denomina legalmente un “wobbler” lo que significa que puede ser considerado como menor o grave (que se tambalea entre estas dos clasificaciones) para su determinación se toman en cuenta elementos específicos del caso, por ejemplo: los antecedentes penales del acusado, o el tipo de lesión causada.
En tal sentido, si el cargo se tiene como un delito menor, las sanciones a enfrentar pueden conllevar: pena de prisión de hasta 1 año, y/o multa por hasta $6.000. Pero si el cargo es procesado como un delito grave, las sanciones poseen mayor rigurosidad y pueden conllevar de 2 a 4 años en prisión.
Respecto a las amenazas criminales, al igual que el delito anterior, constituye un “wobbler” por lo que puede ser procesado como delito menor o grave de acuerdo con las circunstancias del caso.
Si el Fiscal formula las acusaciones como un delito menor, la sanción para este delito conllevaría hasta 1 año de prisión en el condado. Pero si por lo contrario, es formulado como un delito mayor o grave, la sanción se aumenta a 4 años de prisión estatal.
El abuso de ancianos también es un “wobbler” y puede ser tratado como un cargo menor o grave a discreción del Fiscal. Usualmente, para determinar tal clasificación se observan los antecedentes criminales de la persona acusada y las circunstancias del caso en concreto.
Si el delito al que aquí nos referimos es clasificado como menor las sanciones pueden ser las siguientes: pena de prisión por hasta un máximo de 1 año en el condado, y/o pagos dinerarios de multas, pueden ser aplicadas una o ambas según el criterio del jurado. Pero si es clasificado como un delito mayor o grave, la pena podría aumentar desde 2 hasta 4 años de prisión estatal.
La violación de una orden de restricción puede enfrentarse como un cargo menor o mayor. Usualmente se toma como un delito menor, sin embargo, si este involucra un acto violento o se infringieron los términos y condiciones de la orden más de una vez, podría entonces calificarse como un delito grave.
En el caso que el delito sea calificado como menor, las sanciones aplicables son las siguientes: pasar un tiempo en la cárcel no mayor de 1 año, pago de multa por un valor de hasta $1.000, y/o beneficio de libertad condicional a cambio de otras medidas como clases sobre violencia doméstica. Pero en el caso de que el delito sea calificado como mayor, las sanciones son más rigurosas y comprenden: prisión por hasta 3 años, y multa cuantiosa de hasta $10.000.
En cuanto a la negligencia infantil, este delito constituye un “wobbler” y en tal sentido, puede ser calificado como menor o mayor a criterio del Fiscal.
De constituir un delito menor, las sanciones que se enfrentan van desde: 1 año de prisión en el condado, multa por hasta un valor de $2.000, y/o libertad condicional si los padres son sometidos a clases de asesoramiento. Por su parte, de constituir un delito mayor las sanciones que se establecen son: 1 año de privativa de libertad en la prisión del condado o 1 año más un día en la prisión estatal, pago de multa por un valor de $2.000, y/o libertad condicional por un período extenso.
Finalmente, la porno venganza es considerada siempre un delito menor, y puede conllevar las siguientes sanciones: pena de prisión por hasta 6 meses y/o multa de $1.000.
No obstante, si la víctima de este delito es menor de 18 años, el tiempo de prisión es igual al mencionado, pero la multa aumentará a $2.000.
¿Qué estrategias de defensa son usualmente utilizadas en los delitos de violencia doméstica?
Que usted sea acusado de delitos de violencia doméstica no implica que realmente sea culpable de cometerlos, y por más que parezca que su caso no tiene salida favorable, muchas veces los argumentos en su contra son reducidos o desestimados mediante el uso de estrategias de defensas empleadas por abogados de leyes criminales.
Cada delito aquí especificado posee estrategias muy específicas que se adaptan a este, las cuales se nos hace imposible mencionar en unos pocos caracteres, sin embargo, aquí le traemos algunas de las más generales:
Falsas acusaciones
En los casos de violencia doméstica, los argumentos vertidos muchas veces resultan versiones exageradas de situaciones comunes que se dan en la convivencia familiar, y en otros, simplemente son mentiras de personas motivadas por el odio o venganza, que se emiten con el fin de obtener a toda costa, beneficios legales como: quitarle la custodia de sus hijos.
Si este es su caso, un abogado criminalista deberá traer a juicio elementos de certeza que prueben los verdaderos motivos o fines de las acusaciones emitidas en su contra.
Pruebas insuficientes
Esta estrategia consiste en disminuir o debilitar las pruebas presentadas por la contraparte con otras con mayor relevancia o valor probatorio a su favor, en cuyo caso el abogado de leyes criminales deberá atacar mediante argumentos y pruebas los puntos débiles de la evidencia en su contra.
Otra situación que ampara esta defensa es cuando las pruebas presentadas por sí solas carecen de fuerza probatoria o no prueban lo que se quiere.
Error en la identificación
En los casos de violencia muchas veces los testigos identifican a los agresores, sin embargo, esto no quiere decir que realmente lo sea. Existen factores que son determinantes para evidenciar la equivocación de un testigo: poca iluminación, su voz era parecida con la de un vecino, el testigo ni siquiera lo vio, parecido físico con otra persona. Otro caso en el que el testigo puede incurrir en error es cuando este malinterpretó el hecho que vio o escuchó, lo que sucede muy comúnmente.
Bajo esta defensa, su abogado deberá traer al juicio pruebas de esos elementos determinantes, o abatir mediante argumentos legales que las versiones dichas por el testigo fueron malinterpretadas.
Conseguir un abogado de violencia doméstica en CA cerca de mí
Si usted o alguien al que conoce está enfrentando cargos de violencia doméstica por cualquier delito de los aquí explicados, debe saber que es beneficioso para su caso conseguir asesoría legal de forma inmediata, ya que estar bien defendido desde el inicio, aumentará sus probabilidades de lograr una decisión favorable.
Un abogado de violencia doméstica en Los Ángeles de LA Criminal Defense Attorney, está a su disposición para evaluar a detalle los cargos que enfrenta y las circunstancias reales en las que ocurrió el hecho, para trabajar en sus posibles estrategias de defensa y lograr una sentencia favorable, bien sea reduciendo significativamente sus cargos para evitar penas más rigurosas, o conseguir que estos sean absueltos y usted resulte ileso de esa situación.
No dude en contactarnos llamando al 310-933-9439 para aclarar todas sus dudas e inquietudes de manera gratuita y confidencial.