Todo hurto menor se basa en apropiarse de las pertenencias de una persona cuando su valor es de $950 o tiene un valor inferior, es decir, es un tipo de delito que se configura principalmente para bienes de bajo valor. Asimismo, el perpetrador manifiesta su vileza moral, siendo dicha conducta deshonesta e inaceptable ante la comunidad en donde se desenvuelve, destruyendo así su reputación con facilidad.

Conforme a las leyes del Estado de California, este delito se puede ejemplificar al cambiar las etiquetas que muestran el precio de los productos en un negocio con el fin de comprarlo a un menor precio, o llevar consigo algún accesorio a la salida de un establecimiento de venta de ropa y no haber pagado por él.

Ser condenado por hurto menor, traerá serias consecuencias en su vida. Incluso, de no ser ciudadano norteamericano, dicha condena de hurto menor le afectará en materia de inmigración al impedirle la entrada a los Estados Unidos por 5 años, a menos que obtenga del fiscal general un permiso de carácter especial para poder entrar al país nuevamente.

Un abogado defensor en Los Ángeles, CA puede ayudarlo

En numerosas oportunidades, sólo se trata de un pequeño descuido que puede llegar a ser muy costoso si recibe una condena por hurto menor, porque se establecen sanciones de prisión de un máximo de 6 meses, asimismo, pago de multas de hasta $1000. Lo más prudente es que, de presentar cargos usted o algún miembro de su grupo familiar por este delito, es muy importante que sea asesorado por un abogado de hurto menor en Los Ángeles de LA Criminal Defense Attorney.

¿Qué se entiende como hurto menor cometido en el Estado de California?

Cuando se habla de hurto menor, el término tiende a sonar de poca importancia, sin embargo, esa concepción de entender el delito es ingenua, debido a las consecuencias graves que conlleva cometer dicho delito. En este sentido, conforme al Código Penal sección 484 del Estado de California, el hurto menor se basa en apropiarse del dinero o bienes de una persona valorados en $950 o menos, con el fin de quitarle la propiedad de los mismos.

En este tipo de delito, el valor del bien hurtado adquiere una gran importancia ya que dependiendo de cómo sea valorado, los cargos presentados por el fiscal serán establecidos como un delito menor o un delito mayor.

Ordenando las ideas, para determinar la condena por hurto menor, deben cumplirse las condiciones siguientes:

  • Que haya hurtado bienes o dinero de otra persona.
  • Que haya hurtado bienes o dinero del propietario sin su consentimiento.
  • Que el dinero o los bienes hurtados sean de un valor de $950 o menos.

Para dar un ejemplo de hurto menor, si una mujer le quita la etiqueta a un vestido nuevo en un negocio e intenta salir de la tienda, pero es detenida por un vigilante del local, la señora podría ser acusada de hurto menor.

Algunos ejemplos de hurto menor son los siguientes:

  • Ir a una tienda de comida y consumir algún producto y después lanzar el envoltorio del mismo, para no pagarlo.
  • Ir a una tienda de zapatos y colocarle a un calzado otra etiqueta con el fin de cambiarle el precio y pagar un precio menor.
  • Probarse una camisa en un local de ropa e irse del lugar usándola sin antes haber pagado por ella.

¿Cuáles son las diferencias entre un Hurto Menor y un Hurto Mayor en CA?

Se entiende por hurto mayor como un crimen de más gravedad, porque generalmente implica la apropiación de un bien o dinero con un valor que supere los $950. Bajo esta premisa, si se hurta un bien o dinero que supera los $950, estaríamos ante un hurto mayor. En cambio, de hurtarse un bien valorado en $950 o un valor inferior, nos encontraríamos ante un hurto menor.

Se debe aclarar, que existen un conjunto de excepciones, que se basan en establecer siempre el hurto mayor sin darle importancia al valor del bien, siendo las siguientes:

  • El bien hurtado consiste en un arma de fuego.
  • El bien o dinero hurtado fue tomado directamente del propietario.
  • El bien hurtado era un automóvil.

En este orden de ideas, si el bien hurtado era un celular con un valor de $500, pero fue tomado directamente de su dueño, será inmediatamente considerado como hurto mayor.

Otra diferencia a destacar entre ambos delitos, corresponde a las sanciones impuestas según el delito que se cometa, en este sentido, las penas por la comisión del hurto mayor son más graves en relación con el hurto menor. La pena por cometer el hurto menor aumenta hasta los 6 meses de cárcel y/o una multa hasta un máximo de $1000, mientras que la pena de hurto mayor, va a depender de cómo sea considerado el delito, si es tomado como un delito mayor o, por el contrario, es tomado como un delito menor. En el caso de que se trate de un delito menor, la pena puede elevarse hasta los 12 meses de cárcel, mientras que, si se toma como delito mayor, la sentencia de prisión puede llegar hasta los 3 años de cárcel.

¿Cuáles son las diferencias entre un Hurto Menor y un Hurto en Tiendas?

Un hurto en tiendas se basa en dirigirse a cualquier almacén, tienda o supermercado con el fin de tomar un bien sin pagarlo, siempre que se realice en la jornada laboral de dicho negocio. En este tipo de delito, se debe probar que hubo un plan para hurtar un bien en la tienda, siendo innecesario demostrar que efectivamente se logró el cometido, mientras que, en un delito por hurto menor, se requiere que se haya logrado hurtar el bien, es decir, se toma en cuenta la intención y el resultado de efectivamente cometer el delito.

En el caso del hurto en tiendas y a diferencia del hurto menor, al fiscal solo le basta probar que hubo intención de hurtar la propiedad de la tienda para presentar acusación de hurto en tiendas, siempre que el bien hurtado tenga un valor de $950 o menos. En otras palabras, si el perpetrador es detenido pretendiendo hurtar en un establecimiento, el fiscal lo acusará por el cargo de hurto en tiendas, pero si logra salir del almacén, será acusado por hurto menor.

¿Cómo se clasifica el delito por Hurto Menor en el Estado de California?

Usted puede presentar cargos de hurto menor cuando se hurta un bien valorado en $950 o un valor inferior, mediante los siguientes tipos de hurto:

  • Hurto por Robo.
  • Hurto por Truco.
  • Hurto por Malversación.
  • Hurto por Fraude o Falsas Pretensiones

Hurto por Robo

Este delito se constituye cuando ocurre la apropiación ilegal de un bien valorado en un monto menor a $950. Para que el fiscal presente cargos contra usted por este delito, se debe probar que efectivamente trasladó el bien a una distancia razonable, en otras palabras, que se apropio del bien y se lo llevó a otro lugar.

La propiedad hurtada puede constituirse como objetos de índole personal, por ejemplo, joyerías, accesorios, muebles, equipos electrónicos, prendas de ropa, entre otros bienes, siendo la lista mucho más extensa.

Hurto por Truco

Este delito se constituye cuando se convence a una persona mediante el engaño o fraude, para que la misma le otorgue al perpetrador sus bienes valorados en menos de $950. En este respecto, la persona afectada cree que el perpetrador tomó sus bienes o dinero de forma temporal, pero en realidad, éste los tomó de forma permanente o con la voluntad de tenerlos por un tiempo extenso.

En esta clase de delito, el propietario de los bienes no debió haber renunciado a la propiedad de los mismos ya que en ese caso no habría ningún delito.

Conforme a este tipo de delito, para ser condenado, el fiscal tiene que demostrar en el juicio lo siguiente:

  • Que se tomó ilegalmente un bien sabiendo que pertenecía a otra persona.
  • Que el dueño de los bienes dejó que tomara la posesión de los bienes debido a estar engañado o haber creído en el fraude hecho por usted.
  • Que el perpetrador al obtener la propiedad, tuvo la intención de apropiarse ilegalmente de los mismos o que el propietario perdiera gran parte de sus bienes por un largo tiempo.
  • Que el perpetrador tomó la propiedad por un lapso razonable de tiempo.
  • Que el dueño no renunció a la propiedad de sus bienes.

Un caso muy común en este tipo de delito consiste en ingresar a una tienda y cambiar las etiquetas de los productos para pagar un precio muy inferior en comparación con su precio real, usando el engaño para lograr el cometido.

Hurto por Malversación

Este tipo de delito se constituye cuando usted se adueña de un bien que se le ha confiado con un valor menor a los $950. En este respecto, el propietario tampoco tuvo la voluntad de dar la propiedad del bien al perpetrador, sino que este último, tomó el bien usándolo para beneficio propio.

Un ejemplo muy detallado de este tipo de delito, es cuando se le brinda la confianza a un trabajador de una empresa para que maneje las cuentas bancarias del negocio y éste hurta el dinero, destinándolo para comprar bienes personales. Ahora bien, para que una persona sea condenada por esta clase de delito, el fiscal tendrá que probar lo siguiente:

  • Que el dueño tuvo la confianza de darle los bienes para que usted los usara con un propósito determinado.
  • Que el dueño tenía confianza en usted.
  • Que usted utilizó fraudulentamente los bienes para beneficio propio.
  • Que usted usó los bienes con el fin de adueñarse de los mismos, aunque fuese de forma temporal.

El vocablo “fraudulentamente”, es utilizado para referirse a tomar o hacer uso de una propiedad con el fin de aprovecharse de la misma o causándole una pérdida a su dueño, de allí que dicha conducta represente un exceso de poder y autoridad sobre la propiedad.

Hurto por Fraude o Falsas Pretensiones

Para explicar esta forma del delito, debemos destacar que requiere principalmente el engaño de usted, de esta manera, al mentir mediante falsas pretensiones, el propietario renuncia a su posesión del bien, para que el perpetrador lo obtenga y utilice para su beneficio propio. Se debe agregar que la propiedad debe ser equivalente a $950 o de menor valor.

Un ejemplo muy claro de este tipo de delitos, es cuando alguien trabaja en un hogar de personas con edad avanzada y presenta una identificación falsa, logrando ganarse la confianza bajo falsas pretensiones y luego usa la propiedad de los ancianos para beneficio personal.

Esta clase de delito requiere de las siguientes condiciones:

  • De forma consciente y deliberada se engaña al dueño de la propiedad mediante falsas pretensiones.
  • Se engaña al dueño con el fin de que le autorice la posesión de los bienes.
  • El dueño le permite tomar la posesión de los bienes debido a la confianza bajo las falsas pretensiones.

Para que una persona sea declarada culpable por la comisión de este delito, el dueño debió haber dado su confianza al perpetrador basándose en una pretensión engañosa que este le realizó, en otras palabras, es muy importante que exista la pretensión falsa del perpetrador y la misma se puede manifestar cuando la persona realiza los actos siguientes:

  • Brinda información con conocimiento de su falsedad.
  • Hace promesas sin tener intención de cumplir con éstas.
  • Proporciona información de forma imprudente, sin ningún sustento como para considerar que es cierta.

¿Qué sanciones son aplicables por haber cometido un Hurto Menor en el Estado de California?

Conforme a ciertos factores como el tipo de delito, en cuánto está valorada la propiedad, cuál es la suma de todas las pérdidas y si la persona tiene antecedentes penales, se va a determinar la sanción a ser impuestas por haberse cometido el hurto menor en el Estado de California. Las sanciones por hurto se establecen de la siguiente manera:

  • Tiempo máximo de 6 meses en prisión y/o
  • Multas por un máximo de $1.000, con la excepción de que si la propiedad tiene un valor menor de $50, en este respecto, la multa judicial no será mayor de $250.

Al apropiarse ilegalmente de una propiedad, siendo primera ocasión, su valor no sobrepasando los $50 y la persona no presentando antecedentes penales, el fiscal puede tomar la decisión de cambiar la acusación por una infracción, lo cual resultaría mucho más favorable para el acusado. Continuando con la idea, ninguna infracción tiene penas de privación de libertad, sino que se debe únicamente pagar una multa que puede llegar a tener un valor máximo de $250, con un requisito adicional de prestar servicio a la comunidad y presentarse a unas clases de antirrobo.

Algunas veces se establece en una infracción que la persona pague una indemnización dirigida al establecimiento en el cual cometió el delito.

Se debe destacar que cuando la persona presenta antecedentes penales en materia de hurto menor u otro delito que se relacione con éste, en la que recibió una sentencia de prisión, dicha condena por hurto menor podrá ser mucho más grave pues el tener antecedentes la misma se considerará como una agravante. Asimismo, si la persona fue condenada por un delito grave en el pasado, los cargos presentados por el fiscal podrían ser considerados como si hubiese cometido un delito por hurto mayor.

Es importante añadir, que cuando una persona ha hurtado varios bienes, se tomará como si hubiese sido realizado un solo delito, siempre y cuando: dichos bienes sean hurtados a la misma víctima y el delito sea cometido mediante un mismo plan, impulso o intención.

¿Cómo sería la defensa al enfrentar cargos de Hurto Menor?

Si usted presenta actualmente cargos de hurto menor en Los Ángeles, CA, esto no significa que vaya a resultar condenado. En este aspecto, para ser condenado por un hurto menor cometido en el Estado de California, se debe demostrar las condiciones que forman parte del delito. En este sentido, el fiscal deberá probar al juez dichas condiciones para que no exista duda razonable.

Esta clase de delito tiene como elemento principal la intencionalidad al hurtar los bienes, dado que, de no existir este aspecto, no se puede configurar un hurto menor.

La mejor defensa ofrece una estrategia para lograr la disminución de los cargos por los cuales se le acusa, llegando incluso a su total desestimación. Las estrategias más usadas y que un excelente abogado en materia criminal puede utilizar son las siguientes:

  • La persona nunca tuvo la intención de hurtar.
  • La persona siempre tuvo el consentimiento por parte del propietario.
  • La persona creía de forma honesta que tenía el derecho de propiedad de los bienes o que eran suyos.
  • La persona solo tomó la propiedad prestada.

La persona nunca tuvo la intención de hurtar

Siempre en algún momento de nuestra vida diaria pueden ocurrir accidentes, en este sentido, imagine que una persona iba a una tienda a comprar un cuaderno, al tomarlo con una mano, recibe una llamada en la cual le indican que su esposa sufrió un contratiempo y requiere de su presencia; la persona sale de la tienda con tanta prisa que se le olvida que tenía el cuaderno en la mano y luego un guardia de seguridad lo detiene en la salida. Aunque es difícil de probar dicho accidente ante un jurado, un excelente abogado de hurto menor en Los Ángeles de LA Criminal Defense Attorney, podrá demostrar que esa persona es honesta y no pretendía hurtar absolutamente nada.

Es de suma importancia agregar, que si es sujetado por un funcionario de prevención en materia de extravío y el mismo le pide que abra la maleta que lleva consigo, dicho oficial no puede obligarlo a realizar ese acto, sin embargo, sí puede detenerlo hasta la llegada de un funcionario policial.

La persona siempre tuvo el consentimiento dado por el propietario

Si el propietario de los bienes emitió su consentimiento con respecto a que se llevara un artículo de su propiedad, el hurto menor no se configura. Este caso pudo haber sucedido si una persona le pide el favor de que le compré unos alimentos y le ofrece el dinero para ello, sin embargo, en el camino se le presenta un inconveniente y no puede regresar a la hora acordada.

En este caso hubo consentimiento, pero no se actuó respetando los límites acordados de forma previa con el dueño del bien. Por lo tanto, en este ejemplo no estaríamos en presencia de un hurto menor.

La persona creía de forma honesta que tenía el derecho de propiedad de los bienes o que eran suyos

Esta estrategia en la defensa de un cliente es también llamada “reclamo de derecho”, debido a que muchos criminales utilizan a personas inocentes para incriminarlas y llamar la atención sobre ellas, mientras que estos cometen un delito.

Por ejemplo, si un delincuente introduce bienes hurtados a un bolso que usted lleva sin que tuviese conocimiento de ello, estaría siendo incriminado por un delito que no cometió, asimismo, se puede manifestar que su actuación era bajo la buena fe y no pretendía hurtar ningún bien.

La persona solo tomó la propiedad prestada

En ocasiones una persona puede tomar un bien sin tener la intencionalidad de hurtar dicho bien, usándolo solo con la voluntad de devolverlo cuando lo haya utilizado. En este respecto, no se debería condenar a una persona por tener una propiedad de forma temporal si no se cuenta con el elemento fundamental del hurto menor, que se haya tenido la intención de hurtar la propiedad. Es por ello que dicha estrategia puede ser eficaz para generar en el juez una duda razonable y lograr con ello, la desestimación de todos los cargos presentados por el fiscal que lleva el caso.

Contactar a un Abogado de Hurto Menor cerca de mí

De presentar usted o cualquiera de los integrantes de su querida familia cargos de hurto menor, no dude en contactar a un abogado de hurto menor en Los Ángeles de LA Criminal Defense Attorney, ya que le permitirá estar mucho más tranquilo debido a que emplearemos la estrategia apropiada en su caso en particular.

Nuestra experiencia en la materia, nos ha permitido establecer un conjunto de estrategias sólidas para defender su caso, es por ello que los abogados de hurto menor en Los Ángeles de LA Criminal Defense Attorney, trabajaremos sin descanso para otorgarle la mejor defensa y asesoría legal. Comuníquese con nosotros hoy al 310-933-9439 y lo guiaremos paso a paso mediante una consulta gratis y confidencial.