Pareciera un robo muy simple tomar un artículo que se exhibe en tiendas, pero esta conducta puede llevarle a tener que pasar tiempo considerable en la cárcel o tener que pagar cuantiosas multas.

Este delito se ejecuta al tomar una mercancía de forma ilegal en cualquier supermercado, tienda o almacén. Para que se entienda mejor, usted puede tener que hacer frente a un cargo por este delito, en caso de encontrarse en un supermercado, si toma un artículo metiéndolo en el bolsillo y luego sale del sitio sin haber pagado el mismo. Si resulta condenado por esta clase de delito, tendrá que enfrentarse a consecuencias muy negativas a nivel profesional y personal.

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Pudiera ocurrir que, por una distracción o un malentendido, usted acabe teniendo que enfrentar un cargo por este tipo de delitos, aunque realmente no era su intención hurtar nada. En caso de que usted haya sido acusado por hurtar un artículo de un almacén o una tienda, su buen nombre y su reputación se encuentran en riesgo. Por ello, resulta fundamental la asesoría de un abogado con experiencia ubicado en Los Ángeles de LA Criminal Defense Attorney, para que pueda salvaguardar sus derechos, así como prestarle la ayuda legal que sea necesaria.

¿Cómo se configura este delito?

Usualmente se piensa que un individuo tiene que salir de la tienda o almacén en posesión del artículo hurtado, para que pueda ser procesado por esta clase de delito. Sin embargo, las leyes del Estado de California indican que este delito consiste en ingresar a un almacén, tienda o establecimiento comercial que esté abierto en su horario de atención al público, con el propósito de realizar el hurto de mercancía, cuyo valor sea de hasta novecientos cincuenta dólares.

Según lo que hemos dicho, puede ser que deba hacer frente a un cargo de este tipo sin necesidad de que haya abandonado el almacén. Por esa razón, si ingresa a un establecimiento comercial abierto al público y coloca mercancía en el interior de su maleta, bolso o bolsillos, teniendo la intención de llevársela sin pagar, puede ser acusado de robo en tiendas.

Los que mencionamos a continuación son situaciones de ejemplo que son capaces de llevar a un individuo a tener que hacer frente a cargos por este delito:

  • Hallar un recibo en el área de estacionamiento y regresar al establecimiento para encontrar otro artículo idéntico y querer devolverlo para solicitar su reembolso.
  • Ingresar en una tienda que vende calzado y poner un par de zapatos en una caja distinta con el propósito de pagar menos por la mercancía.
  • Entrar a una tienda de deportes con intención de tomar un artículo para ponerlo en el interior de la maleta que lleva y luego salir sin pagarlo.
  • Entrar en un establecimiento con la intención de comprar alguna crema corporal, pero también llevarse otras dos de forma oculta en su maletín sin pagarlas.
  • Ingresar en un supermercado teniendo como intención hurtar bebidas.
  • Ingresar en una tienda en la que se vende maquillaje y esconder debajo de un abrigo algunos productos de cosmética que estén en exhibición para no tener que pagarlos.

¿Qué pasa si me sorprenden hurtando mercancía en una tienda o almacén?

En el instante en que sea sorprendido robando artículos, bien que lo haga un guardia, gerente o empleado del almacén, lo más probable es que usted sea retenido dentro de la habitación privada que tienen para esos asuntos y como consecuencia de ello, se va a presentar alguna de las siguientes situaciones:

  • Que se dé aviso inmediato a la policía.
  • Que la persona que lo atrapó le prohíba ingresar de nuevo al establecimiento
  • Que la persona que lo atrapó se conforme con hacerle la advertencia y luego lo autorice a salir del establecimiento.

Si opta por dar aviso a la policía, en función de cuál sea el valor de la mercancía hurtada, deberá usted hacer frente a una cantidad de consecuencias, las cuales pueden ser tener que ir a clases sobre instrucción antirrobo o la más grave que es comparecer ante un tribunal. Es por eso, que antes de tener la intención de apropiarse, o tratar de apropiarse de la mercancía de una tienda, para llevársela sin haberla pagado, tiene que considerar los efectos negativos que esta conducta puede ocasionar.

¿Qué sucede si realmente no robé ninguna mercancía en la tienda o almacén?

Para que tenga que enfrentar usted cargos por esta clase de delito, no se requiere que realmente logre hurtar la mercancía. Bastará sólo tener el propósito de tomar una propiedad. Esto quiere decir que, aunque no se haya hurtado nada, podría ser acusado por esto.

Un ejemplo de ello es que usted ponga una prenda de vestir que cuesta cien dólares en el interior de su maleta o bolso y camine hacia la salida de la tienda, siendo abordado por un empleado de la misma antes de que salga. Aunque no hubo hurto del objeto, puede tener que hacer frente a un cargo por este delito.

¿Qué es lo que tiene permitido hacer un empleado de seguridad de la tienda?

Los vigilantes privados son los que han sido contratados para resguardar a los centros comerciales y a sus tiendas, pero no son agentes de policía. Un vigilante privado es en realidad un guardia que se encarga de monitorear a los individuos que ingresan en las tiendas o almacenes. Por ello, cuando un agente de seguridad tiene la sospecha de que un sujeto está hurtando propiedades de un almacén puede:

  • Solicitar a la persona que se quede junto a él hasta que llegue una autoridad policial al sitio.
  • Detener al sospechoso mientras llega la policía.
  • Emplear una cantidad de fuerza que sea razonable con el objetivo de detener a un sujeto.
  • Pedir registrar el maletín, cartera o bolso de un sujeto sospechoso, a lo cual el sujeto se puede negar.

No está permitido que el agente de seguridad privada registre la vestimenta del sujeto. Tampoco tiene permitido emplear la fuerza con el fin de interrogarlo, debido a que el sujeto no está obligado a hablarle al agente. Esas limitaciones se crearon para evitar que los vigilantes privados abusen del poder que les ha sido otorgado.

¿Qué tengo que hacer si se me acusa por este delito?

En caso de ser acusado por este delito, resulta importante tener en cuenta las siguientes consideraciones:

  • Debe mantenerse calmado y no entrar en pánico.
  • Evite hablar con los empleados del almacén o tienda, el agente de seguridad, los agentes policiales o con cualquier persona, sin haber consultado previamente con un abogado.
  • Abstenerse de dar consentimiento para ser registrado. Sepa que usted tiene la facultad de negarse a ser sometido a un registro.
  • Pida que lo represente legalmente un abogado. Debe saber que no se necesita ser arrestado para hacer esta solicitud.

¿Qué debe hacer la fiscalía para probar el cargo por este delito?

Lo que se requiere para declararlo a usted culpable por esta clase de delito, es que la fiscalía pruebe más allá de toda duda razonable que se cumplen los elementos siguientes:

  • Que usted ingresó en el establecimiento comercial,
  • Que el establecimiento estaba abierto en el horario habitual de atención al público, y
  • Que usted tenía el propósito concreto de hurtar una propiedad cuyo valor es de hasta $950.

Un establecimiento comercial es un sitio de negocios que se creó para intercambiar bienes o servicios.

En relación con el propósito de cometer hurto, el fiscal tiene que demostrar que tuvo usted la intención deliberada de quitarle al dueño de forma permanente una mercancía, o que usted quiso removerlo de la posesión de la misma, por un lapso de tiempo que debe ser tan largo que el dueño haya podido perder una parte muy valiosa de ella. Si no tenía tal intención cuando ingresó en el establecimiento comercial, no podrá declarársele culpable por este delito.

Toda la evidencia que se encuentre disponible puede ser usada por el fiscal para demostrar el caso, éstas pueden incluir:

  • Testimonios de personas que pudieron presenciar los hechos.
  • Declaraciones de los agentes de seguridad privada de la tienda o almacén.
  • Cualquier declaración suya que haya hecho encontrándose bajo arresto.
  • Videos de las cámaras de seguridad de la tienda o almacén.

¿Cuál es la relación que hay entre la Proposición 47 y el hurto en tiendas?

Esta Proposición 47 se dictó con la finalidad de poder minimizar a la población existente en las cárceles del Estado, por medio de una reducción sustancial de los efectos de varios delitos. Previo a su aprobación en 2014, cuando un individuo ingresaba en un negocio para hurtar cualquier mercancía, sin tener en cuenta su valor en total, se enfrentaba a cargos por el delito de allanamiento comercial. Sin embargo, esta Proposición 47 trajo consigo la sección 459.5 del Código Penal. Esta nueva regulación apartó este delito del delito por allanamiento comercial, lo que redujo bastante sus efectos.

En la Proposición se establece que un acusado que previamente fue condenado por un cargo de allanamiento comercial, aunque realmente lo que cometió fue un hurto en una tienda, es elegible para solicitar una sentencia nueva en la que se va a reducir el cargo, cambiándolo por hurto en tiendas, delito que posee sanciones menos severas.

¿Qué tipos de sanciones son aplicables por robar en tiendas?

Esta clase de delitos son considerados como delitos menores, en caso de que el costo de lo hurtado no exceda los $950 y siempre que sea su primera violación a lo establecido en esa Ley. Teniendo esto como base, el hurto en una tienda como delito menor se castiga con las sanciones siguientes:

  • Libertad condicional informal.
  • Pena de prisión en el condado hasta de seis meses; y/o
  • Multa no superior de mil dólares

Sin embargo, en caso de que la mercancía hurtada posea un valor estimado en cincuenta dólares o menos, siempre que usted no tenga antecedentes penales, este incidente se puede considerar sólo como infracción, de acuerdo a lo cual le podrían obligar a pagar una multa por un monto de hasta doscientos cincuenta dólares.

Igualmente, en el caso anterior puede usted quedar sujeto a que se le hagan cargos civiles. Si eso ocurre, lo que pasa es que el dueño del negocio denuncia los hechos, si las acciones que usted ejecutó causaron algún daño a las mercancías. El dueño tiene derecho a reclamar las pérdidas en caso de que su producto se devalúe o que no se pueda vender como consecuencia del hurto que se realizó en su tienda.

¿Qué opciones se tienen en caso de que sea su primera vez en este delito?

En el supuesto de que usted quebrante por vez primera lo que disponen las normas sobre este delito, puede calificar para entrar en un programa sobre desviación. Es un programa que fue creado para minimizar riesgos de reincidencia, que ofrece una alternativa diferente, en vez de que sea procesado. Por medio de este programa, podría usted pagar para restituir la mercancía de muchas maneras, como pueden ser: pagar el costo de la mercancía hurtada, además de cumplir una cantidad fijada de horas en servicio comunitario, ir a cursos para instrucción antirrobo, entre otros. Igualmente tiene la opción de llegar a un arreglo con el fiscal. Este arreglo se trata de una negociación que se realiza entre el abogado defensor y la fiscalía, en la que, por declararse usted culpable, es posible que se pueda imponer la sentencia reducida, pudiendo también obtenerse una disminución del cargo, o ambas.

¿Cuál es la diferencia entre un hurto en tiendas y un hurto menor?

Ese delito de hurto menor se configura cuando se hurtan pertenencias, propiedades o dinero sin consentimiento del dueño, cuando su valor es por la cantidad de novecientos cincuenta dólares o menos. El hurto en una tienda y el hurto menor se diferencian en que hurtar en una tienda es un acto en el que se intenta hurtar un artículo de un almacén o tienda, mientras que un hurto menor quiere decir que se ha logrado hurtar con éxito un bien de otro individuo, lo que puede incluir las tiendas.

¿Se puede borrar la condena por este delito del registro de los antecedentes penales?

Esto sí se puede hacer. Para que un juez le conceda la solicitud de eliminar la condena por este delito en los antecedentes penales, se requiere que usted haya cumplido de manera satisfactoria con la sanción de cárcel o de libertad condicional que le haya sido impuesta, según haya sido su caso.

¿Cuáles son las líneas de defensa legales que se pueden usar?

Los argumentos para defenderse en estos casos son muchos, lo óptimo es poder tener una asesoría profesional que le puede brindar un abogado que tenga experiencia en esta clase de delitos, que sea capaz de trabajar en su favor para obtener una reducción o que sean eliminados completamente los cargos. Es probable que usted no tuviera el propósito de hurtar nada de la tienda o que se vio involucrado en un caso de error de identidad.

Queremos mencionar a continuación algunas líneas de defensa que se usan comúnmente en esta clase de casos:

  • Que los agentes policiales tuvieron una mala conducta.
  • La evidencia presentada en su contra es insuficiente.
  • Que fue usted víctima de una trampa colocada por un agente de la ley.
  • Que usted ha realizado determinados actos conforme a un programa de desviación.
  • Que usted le dio una compensación a la tienda por medio de un compromiso civil.
  • Que fue acusado de forma errónea.
  • Que tomó la mercancía por error, creyendo que era suya.
  • Que el propósito de hurtar se desarrolló luego de haber ingresado al negocio.
  • Que no tenía el propósito de hurtar nada.

Que los agentes policiales tuvieron una mala conducta

Se considera como mala conducta de los agentes policiales, el uso de la fuerza con el fin de obligar a un sujeto a confesar que ha cometido un delito cuando realmente no lo hizo, que se hayan fabricado evidencias con el objetivo de incriminar a alguien y que se haya violado la Cuarta Enmienda en el proceso de su detención, ya que protege el derecho de los individuos cuando se efectúa un registro que no es razonable.

En el caso de que usted tenga la sospecha de que haya ocurrido mala conducta por parte de los agentes policiales, podrá presentar una petición y si es concedida, le va a permitir tener acceso a toda la información que se encuentre en el expediente individual de los oficiales que lo arrestaron. De esa forma, usted podrá verificar si existen otros acusados que experimentaron una situación parecida con esos oficiales anteriormente. Si se puede probar que los agentes de policía usualmente se han visto involucrados en mala conducta, su caso podría ser desestimado.

La evidencia presentada en su contra es insuficiente

Un abogado defensor con experiencia, es capaz de probar que la fiscalía no posee evidencia que sea suficiente para que sea dictada una sentencia condenatoria por este delito.

Que fue usted víctima de una trampa colocada por un agente de la ley

En algunos casos es posible que se presente una situación en la que el agente de la ley es quien anima o induce a un individuo para que cometa este delito, aunque dicho individuo le haya expresado su deseo contrario.

Que usted ha realizado determinados actos conforme a un programa de desviación

Como se hizo mención antes, este programa es una opción diferente con la que se evita el juicio o tener que enfrentar un cargo por esta clase de delito. En este caso, el acusado debe declararse culpable y aceptar realizar varias actividades entre las que están incluidas la prestación de servicios comunitarios, así como tener que ir a clases sobre instrucción antirrobo, o ambas, entre otras. Podemos poner como ejemplo el caso de que un juez le solicita que complete en un lapso de cinco meses, veinte horas en el servicio comunitario, así como que reembolse a la tienda, teniendo que declararse culpable. La consecuencia de haber cumplido totalmente lo que el juez haya ordenado, será que usted no tendrá antecedentes por ese cargo.

Que usted le dio una compensación a la tienda por medio de un compromiso civil

Un compromiso civil para esta clase de delitos supone que usted acepte hacerle una compensación al establecimiento comercial en caso de que éste sufra algún daño o pérdida. A cambio, el establecimiento se va a comprometer en no presentar un cargo en contra suya. Esa pérdida puede ser que la mercancía se haya dañado o perdido, e incluye también los costos por prevención de las pérdidas.

Que fue acusado de forma errónea

Para tener que enfrentar cargos por este delito, la fiscalía tiene que probar que usted verdaderamente causó el incidente y que estaba presente cuando los objetos fueron hurtados. Lo normal es que esa información sea demostrada por los testigos presenciales, así como todo el que estuvo presente al momento de ocurrir los hechos.

Que tomó la mercancía por error, creyendo que era suya

Se trata de una de las líneas de defensa legales más comunes, de acuerdo a ésta, al momento en que se verificó el delito, tenía usted la creencia de buena fe de que era el propietario de la mercancía u objeto, o que había adquirido el derecho legal para poseerlo. Un ejemplo de ello puede ser que, encontrándose en un almacén, ve usted un artículo que está en el piso y que es muy parecido a uno que usted lleva consigo, por lo que asumió que era suyo. Lo recoge pensando que se le ha caído del maletín o del bolso. No obstante, ese artículo pertenece al almacén y el servicio de seguridad privada lo ha visto y lo detiene por el hurto. Es claro que usted ha cometido una equivocación al creer que el artículo en el piso del almacén era el suyo, por lo que no debe declarársele culpable de ese delito.

Que el propósito de hurtar se desarrolló luego de haber ingresado al negocio

Según esta línea de defensa, la intención de usted se concretó después de haber entrado al establecimiento. Para que pueda ser calificado como hurto en una tienda se requiere probar que usted tenía el propósito de hurtar antes de haber ingresado en el almacén.

Que no tenía el propósito de hurtar nada

Para ser condenado por este delito, se tienen que dar los elementos constitutivos en su totalidad, entre ellos se encuentra el que usted tuvo la intención o el propósito de ejecutar ese acto. Podemos mencionar como ejemplo que mientras se encontraba usted de compras, puede ser que no haya tratado de hurtar nada, sino que sencillamente se distrajo con sus niños o con una llamada al teléfono, y como efecto de ello, tomó un artículo del almacén y salió, sin haberlo pagado. En ese caso no existe intención, por lo que no podría declarársele culpable por este delito.

Ponerse en contacto con un abogado criminal de hurto en tiendas cerca de mí

Es cierto que hacer frente a un cargo por este delito puede ser una situación muy estresante y bochornosa y una condena por ello va a afectar de forma seria a su reputación. Es por ello que lo aconsejable es que se ponga en contacto inmediatamente con un abogado con experiencia en estos delitos en Los Ángeles de LA Criminal Defense Attorney. Tenemos un equipo que posee un amplio conocimiento en la defensa de hurto en tiendas y que va a trabajar de forma incansable para poder proporcionarle la excelente defensa que necesita.

En caso de que alguno de sus allegados o a usted mismo se le haya arrestado por este delito en Los Ángeles, un abogado criminalista de los nuestros es lo que usted necesita. Llámenos al número 310-933-9439 para que obtenga una consulta confidencial gratuita.