El poseer algunas sustancias controladas se trata de los hechos ilícitos por drogas más usuales en Los Ángeles. En el Estado de California este crimen está regulado de acuerdo al Código de la Salud y la Seguridad, que puede tener como consecuencia una sanción que podría desembocar en pagar grandes cantidades en multas de tipo judicial e inclusive en el cumplimiento de una pena de prisión. Es por ello que contratar los servicios de un abogado de posesión de sustancias controladas en Los Ángeles de LA Criminal Defense Attorney resulta fundamental, ya que poseen amplias nociones y experticia en este tipo de casos, con lo que pueden ser capaces de disminuir los efectos desfavorables hacia usted, pudiendo establecer una línea de defensas y recursos que sea sostenible y que se adecúe a su caso específico.

Es cierto que en el Estado de California se han tomado muchas medidas que han disminuido la relevancia de algunas violaciones a las normas por drogas, como ha ocurrido con esta Proposición 47, por medio de la que se determinó que la posesión de sustancias sometidas a control, sea procesada en su mayoría de casos como una violación menor, en vez de un crimen mayor, y debido a ello las sanciones tienen menor rigor. Aunque, una condena adquirida por poseer sustancias controladas aún es un asunto muy serio, por lo que usted no puede desestimar su importancia, por razón de que, incluso con los beneficios que trajo esta Proposición 47, el caso es que usted podría sufrir las consecuencias de quedar sujeto a una pena de doce meses de prisión, lo que va a depender de lo que pese la sustancia encontrada, esto es, qué cantidad se encontró, y del tipo de droga en cuestión.

¿Qué es la posesión de sustancias controladas?

De conformidad con las normas del Código de la Salud y la Seguridad 11350, se trata de un delito el hecho de que usted tenga en su posesión algunas sustancias controladas sin tener una prescripción médica válida. Este puede ser un medicamento que se usa por causa de dolor que necesite una fórmula ordenada por un veterinario, podólogo, odontólogo o médico que posea una licencia que le permita ejercer su profesión en California; en caso de que usted no posea esa prescripción y tenga en su posesión una de esas sustancias controladas, lo más probable es que deba hacer frente a un cargo por ese hecho que se considera ilegal.

Por otra parte, existen drogas consideradas ilegales, como ocurre con la heroína y la cocaína, que son igualmente calificadas como sustancias controladas y tenerlas en su posesión puede desembocar en la formulación de un cargo por la posesión de sustancias controladas.

¿Qué es una violación de normas por posesión de sustancias controladas?

Se tiene la creencia errónea de que un individuo solo podría sufrir un proceso judicial por tener en su posesión una sustancia de este tipo únicamente cuando la lleva consigo. No obstante, el significado de posesión es mucho más amplio de lo que se puede pensar, en razón de que la posesión se puede verificar en el caso de que usted tenga las sustancias controladas, las lleve consigo o las posea físicamente; pero también se verifica cuando usted es quien ejerce el control en el sitio en que sea encontrada. Esto quiere decir, que aunque las sustancias controladas halladas por las autoridades no hubieran sido encontradas encima de usted, aún existe la contingencia de que pueda ser procesado por esta clase de delitos si ocurre, por colocar un ejemplo, que las consiguieron en un compartimiento de su auto, o se encontraron encima de la mesa que está en su hogar.

Teniendo como premisa lo que hemos explicado antes, hay 3 maneras en que la ley califica la posesión. Es por ello que, para tratar de aclarar el concepto, se puede decir que la posesión puede ser:

  • Real,
  • Constructiva, o
  • Articulada

Posesión Real

Una posesión real, física o efectiva de sustancias controladas implica que se tiene control inmediato, físico y directo de la sustancia, lo que se puede deber a sostenerla o estarla tocando, la lleve consigo en el cuerpo o una cavidad del mismo, o inclusive en el interior de su ropa. Como ejemplo de esta situación le podemos mencionar que la droga esté físicamente en un bolsillo de su ropa o que la tenga en una mano.

Posesión Constructiva

De otro lado, según la noción de posesión constructiva, las sustancias controladas no han sido conseguidas encima de usted, sino que se encontraron en un sitio en el que es usted el individuo que tiene el control o que posee el derecho a controlar, como puede ser en su casillero en su empleo, su hogar o su auto. Para continuar con el ejemplo que hemos comentado en el párrafo anterior, hay posibilidad de considerar que hubo posesión constructiva en el supuesto de que la sustancia haya sido conseguida dentro del bolsillo de una pieza de su ropa, aunque usted no la haya tenido puesta, si no se encontraba en una gaveta de un armario en su vivienda. Inclusive habrá posesión en el caso de que usted no se encontrara en su hogar para el momento en que la sustancia haya sido descubierta, pudiendo tener que hacer frente a un cargo por causa de este hecho punible.

Posesión Articulada

Igualmente se hace referencia a la tercera clasificación en las categorías de posesión, que recibe el nombre de articulada. Lo que puede pasar es que varios individuos son los que tienen la posesión, bien sea real o constructiva, de este tipo de sustancias y la comparten. Esto pasa cuando se tienen compañeros de habitación que conviven en un mismo espacio. Puede ser que la sustancia sea de la propiedad de uno solo, pero la mantiene en el tocador del baño compartido por ambos. Lamentablemente, los dos pueden ser acusados de posesión articulada, en el caso de que el compañero no dueño de la sustancia, haya tenido conocimiento de su existencia pero toleró el comportamiento de la otra persona.

¿Cuáles son las sustancias controladas en California?

Las sustancias controladas son todas aquellas sustancias que son capaces de crear adicciones y daños a las personas, bien sea físicos o mentales, o una sustancia que, de ser consumida sin supervisión por un individuo, puede afectar de forma grave su salud, que debe haber sido calificada de forma previa de esa forma, y su uso se encuentra absolutamente regulado en un Estado. Estas sustancias controladas engloban drogas ilegales y también drogas legales, las cuáles necesitan de prescripción válida, pero usted no posee una. Hay varios tipos de ellas, si hacemos referencia al Código de la Salud y la Seguridad 11350 de California, nos encontraremos con, pero no se refieren únicamente a, las siguientes:

  • Medicamentos que se prescriben en caso de dolor (pero sólo en el supuesto de que usted no posea una prescripción médica válida).
  • LSD
  • Cocaína
  • Heroína

Es necesario indicar que si se poseen metanfetaminas u otra clase de estimulante, la forma en que se deben tratar estos casos está regida dentro del Código de la Salud y la Seguridad, en la Sección 11377.

¿De qué manera están clasificadas estas sustancias controladas en el Estado de California?

Según las normas en California, se estableció una lista de sustancias que ha sido dividida en 5 categorías, en las que se trata de forma exclusiva sobre cada una de ellas. Las clasificaciones engloban a estas sustancias controladas en función de las similitudes que tengan entre sí, en razón de sus características propias.

Esta clasificación de categorías se inicia en las más serias y graves, hasta las consideradas de menor daño, de las que le hablaremos seguidamente:

Categoría I

Esta primera clasificación contiene las sustancias que constituyen un mayor peligro sanitario, por el riesgo que representan para la salud por su alto grado de dependencia así como de abuso. Se trata de sustancias que se componen esencialmente de depresores, de alucinógenos y de opiáceos. A continuación le vamos a mostrar ejemplos de algunas de esas sustancias que han sido incluidas en ella:

  • Cocaína base
  • Peyote
  • Éxtasis
  • Heroína
  • Mescalina

Categoría II

Dentro de ella se incluyen las drogas que, a pesar de poseer un gran riesgo de adicción y de abuso, poseen algunas aplicaciones para varias clases de tratamiento en el ámbito médico. Por supuesto que varias de ellas son muy peligrosas, cualquiera sea su cantidad, de otro lado, son especialmente dañinas en caso de que se haga un uso abusivo de las mismas. En esta clasificación podemos encontrar las siguientes:

  • Morfina
  • Cocaína
  • Hidrocodona
  • Ritalín
  • Opio
  • Adderall
  • Anfetamina
  • Vicodina

Categoría III

Es en esta clasificación en la que nos vamos a encontrar con aquellas sustancias controladas que poseen un potencial muy inferior para causar dependencia como su abuso, y que han sido ampliamente aplicadas en tratamientos para algunas dolencias de tipo médico. Esta categorización encierra varios tipos específicos que van desde los estimulantes a los esteroides:

  • LSD
  • Mazindol
  • Clortermina
  • Esteroides
  • Benzfetamina
  • Ketamina
  • Testosterona

Categoría IV

Llegamos a esta cuarta clasificación, en donde nos vamos a encontrar con las sustancias controladas que representan un riesgo menor para la dependencia y el abuso, que también son usadas en tratamientos médicos, pero cuya posesión en cantidades grandes puede desembocar en la formulación de cargos de posesión por este tipo de sustancias. Los tranquilizantes y sedantes se encuentran contenidos en esta categoría, por esa razón tenemos como ejemplo de ellas las que mencionamos a continuación:

  • Pemolina
  • Valium
  • Ativan
  • Tramadol
  • Xanax

Categoría V

En último lugar, vamos a encontrar sustancias controladas que poseen un riesgo muy bajo de adicción o de abuso, en comparación con las demás. Claro que varias de ellas necesitan una prescripción médica. Dentro de esta categorización vemos sustancias que suprimen la tos, así como sustancias empleadas en forma de ingrediente en otras clases de medicamentos que son recetados. Forman parte de ella las siguientes:

  • Etilmorfina
  • Difenoxina
  • Buprenorfina
  • Codeína

¿De qué manera puede demostrar un fiscal el cargo de posesión por sustancias controladas?

Lo que se necesita para que un fiscal pueda demostrar la existencia de un cargo de posesión de sustancias, es probar que han ocurrido los siguientes hechos constitutivos del ilícito:

  • Que se encontró una de las sustancias calificadas como controladas.
  • Que se encontraba en su posesión de forma ilegal.
  • Que tuvo conocimiento de su presencia.
  • Que sabía que se trataba de una sustancia de esta clase.
  • Que en su posesión se encontró una cantidad que se podía consumir.

De todo lo que hemos comentado, hay que destacar 3 elementos que resultan absolutamente necesarios para que se pueda configurar el delito, que son la cantidad que es susceptible de ser consumida, denominada utilizable, el hecho de que conocía de su existencia y la posesión.

Posesión

Para demostrar este cargo, el fiscal tiene que demostrar que usted estaba en posesión de la misma, bien sea articulada, constructiva o real, de la forma en que hemos explicado antes.

Conocimiento

Este es el gran elemento esencial. Se debe demostrar que usted tenía conocimiento de la existencia y la clase de sustancia de que se trataba. De este modo, en caso de que el fiscal se vea impedido de probar este extremo, usted no podrá ser declarado responsable penalmente por una violación de normas relacionada a la posesión de sustancias controladas.

Cantidad Utilizable

El total de sustancia que es susceptible de poder consumirse o utilizarse es la que sea suficiente para usarse, esto no quiere decir que sea lo suficiente como para poder drogarse o sentir un efecto narcótico. Según esta explicación, si usted llevaba unos residuos de esa sustancia, no podrá ser condenado como responsable por ese delito.

¿Cómo puedo obtener el auxilio de un abogado criminalista en Los Ángeles?

Los efectos de la condena de posesión de sustancias controladas pueden ser: inconvenientes al momento de querer encontrar empleo, debido a que las compañías chequean el historial criminal previamente a pasar a darle empleo a un individuo; dificultades para poder rentar viviendas o para tener acceso a créditos a futuro, entre otros.

Es por esa razón que, si en la actualidad usted o un familiar o ser querido está enfrentando un cargo por posesión de sustancias controladas, un abogado criminalista en Los Ángeles de LA Criminal Defense Attorney, puede darle los consejos que usted requiere y va a hacer un uso de una línea legal de defensa que sea más oportuna para el caso en particular.

¿A cuáles sanciones se expone por estar en posesión de sustancias controladas en California?

De manera general, las sanciones al estar en la posesión de sustancias controladas incluyen:

  • Tener que participar en un programa para la desviación de sustancias
  • Recibir asesoramiento en materia de drogas o ir a rehabilitación
  • Libertad condicional
  • Multas judiciales
  • Privación de libertad

Según las normas en California, el delito de posesión de sustancias controladas se trata de un “wobbler”, esto es así porque en su supuesta comisión usted podrá tener que enfrentar cargos bien sea como un crimen mayor o uno menor. Previo a noviembre de 2014, todos los cargos de posesión de sustancias controladas se consideraban delitos mayores. Pero con la Proposición 47, lo normal es que un cargo por posesión de sustancias controladas sea procesado como una ofensa menor, aunque igualmente se le puede imponer una sanción de alrededor de doce meses de prisión en una cárcel estatal y multas de hasta un máximo de $1.000, incluso las dos.

A pesar de lo que hemos explicado, puede ser que usted evada tener que cumplir un lapso completo en la cárcel, por causa de que se han creado algunas alternativas a dichas sanciones, tal como ocurre con un programa para la desviación de sustancias, que usualmente incluye tener que pasar por un curso relacionado con el tema de abuso de drogas, pruebas regulares anti drogas o tener que hacer servicios a la comunidad. En caso de que usted logre completar de forma satisfactoria con lo que haya sido ordenado, el cargo o cargos que se hayan presentado contra usted serán retirados. En cambio, si no se cumple cabalmente con el programa de manera satisfactoria, los cargos van a continuar y culminarán con una sentencia.

Igualmente, existe una Proposición 36, así como la PC 1000, que son alternativas diferentes a tener que pasar un lapso en la cárcel o pagar una multa judicial. A través de ellas, usted tiene la opción de suscribir un acuerdo, con el que se declara culpable de los cargos y su condena será una pena formal aplazada de entre doce y dieciocho meses. No obstante, la condición que usted debe cumplir es ingresar y completar el asesoramiento en materia de uso de drogas o un programa de rehabilitación que haya sido aprobado por las autoridades por el mismo lapso. En caso de lograr completarlo de forma satisfactoria, en el plazo convenido, el caso va a ser desestimado. Pero si no logra completarlo, todo el proceso terminará con una sentencia condenatoria por el delito del que se declaró culpable y tendrá que hacer frente a sanciones que tenían que haberle sido impuestas en principio.

Pero no todos pueden gozar de este beneficio, pues para que usted puede ser elegible, debe que demostrar los extremos siguientes:

  • No haber sido condenado previamente por una ofensa de naturaleza violenta.
  • No haber sido condenado de forma previa por un delito en relación a sustancias controladas que sea de mayor entidad que una simple posesión.

Existen circunstancias que pueden hacer que un cargo por un delito menor por drogas se convierta en un delito de naturaleza mayor, y estas son que usted posea un récord penal que indique que ha cometido previamente delitos de naturaleza mayor, tales como delitos sexuales, por lo que se le harán cargos de posesión de sustancias controladas con la forma de delito mayor. En caso de que esto ocurra, usted podría enfrentarse a una pena de entre dieciséis meses a dos o tres años de cárcel.

¿Cuáles pueden ser los efectos de ser condenado en un proceso relacionado con posesión de sustancias controladas?

Vamos a explicarle los efectos negativos más relevantes que se derivan de haber sido condenado por el delito posesión de sustancias controladas:

Efectos en los ámbitos financiero, profesional y personal

Si usted llega a ser condenado por un delito de posesión de sustancias controladas se van a disminuir mucho sus oportunidades de encontrar empleo, rentar una casa, entrar en las fuerzas armadas u obtener licencia profesional y permiso para ejercer una actividad económica, inclusive tener acceso a un crédito estudiantil por medio de un banco.

Pérdida del derecho a portar armas

Si usted ha sido condenado por un delito mayor por posesión de sustancias controladas, ello puede tener consecuencias negativas como el menoscabo de los derechos de armas.

Deportación e inadmisibilidad

Si resulta que usted no posee la ciudadanía de Estados Unidos, al ser condenado por este tipo de trasgresión, tomando en consideración algunos hechos agravantes, puede tener efectos negativos en su estatus migratorio, e incluso que sea deportado. Por ello, con prescindencia de que posea una visa para encontrarse válidamente en el país, aunque ostente el derecho a residir de forma permanente o “green card”, continúa corriendo el riesgo de deportación. Igualmente su condición de inmigración puede modificarse a inadmisible, lo que implica que tampoco podrá volver nuevamente a este país.

¿Cuáles son las líneas de defensa frente al cargo por posesión de sustancias controladas en el Estado de California?

Si a día de hoy usted está haciendo frente a cargos de posesión de sustancias controladas, es posible que le puedan servir de utilidad las líneas legales de defensa que vamos a mencionar a continuación:

1. Usted no se encontraba en la posesión de sustancia alguna

En caso de que el fiscal se vea impedido a probar que usted tenía la posesión de esa sustancia no podrá haber condena. Lo que significa que no tenía la posesión articulada, constructiva o real sobre la sustancia de que se trate.

2. Usted no tenía conocimiento de que era una sustancia controlada / Usted no sabía que se encontraba allí

Esta línea de defensa hace alusión al desconocimiento sobre la sustancia, tanto en lo que se refiere a su naturaleza como en lo relativo a que se encontraba en el lugar en el que fue hallada.

3. Usted poseía una prescripción médica válida

Como ya mencionamos en otra sección de este artículo, para ser declarado culpable de un cargo de posesión de alguna sustancia controlada, ha tenido que tenerlas en su poder sin una prescripción médica que sea válida, como ocurre con los medicamentos que se recetan para prevenir el dolor. La validez de una prescripción deriva de que ha sido ordenada por un veterinario, podólogo, odontólogo o médico que tiene una licencia de ejercicio en California.

En caso de que usted haya tenido realmente una prescripción médica válida, que demuestre que su médico prescribió esa medicina para una dolencia, con el objetivo de emplearla en un tratamiento para su enfermedad, no podrá ser condenado debido a que tenía una autorización para tenerla en su posesión.

4. Usted ha sido víctima de trampas que fueron impuestas por agentes del orden público

Se trata de una clase de defensa legal que suele tener éxito en los casos en que la comisión del ilícito o la estimulación para cometerlo hayan provenido de un funcionario policial o de un agente gubernamental. Porque se considera que usted incurrió en la ofensa a las normas gracias a que fue incitado a ello por un agente o que le animó a hacerlo, aunque usted haya indicado su deseo contrario.

5. El proceso del registro y de la incautación se ejecutó de forma ilegal

Se trata de una línea de defensa que más se emplea. En caso de que la sustancia haya sido encontrada por efecto de un proceso del registro y la incautación que fue ilegal, usted tiene derecho a impugnar y argumentar la ilegalidad del proceso efectuado frente a la Corte. Lo que ocurre aquí es que, inclusive si es usted culpable, la evidencia se obtuvo de forma ilegal, por lo que debe ser excluida del juicio y el fiscal se verá impedido de demostrar la posesión sustancias controladas.

De otro lado, las líneas de defensa ante un cargo de posesión de sustancias controladas pueden incluir, pero no están limitadas a estas:

  • Esa sustancia no era de su propiedad, sino que es de otro individuo
  • Esa sustancia, de hecho, no estuvo nunca en su esfera de control
  • La cantidad de sustancia controlada que se encontró no es utilizable, porque eran residuos
  • La evidencia en su contra es insuficiente

Consultar un abogado de posesión de sustancias controladas cerca de mí

En el caso de que usted haya sido objeto de un arresto y se le hayan formulado cargos de posesión de sustancias controladas en Los Ángeles, es de vital importancia que encuentre un abogado defensor inmediatamente. Es por ello que contratar los servicios de un abogado de posesión de sustancias controladas en Los Ángeles de LA Criminal Defense Attorney resulta fundamental para usted. Él va a encargarse de garantizar que sus derechos sean protegidos, repasar los detalles del hecho y las circunstancias que se encuentran involucradas en él, así como emplear la línea de defensa que sea la más oportuna para su bienestar.

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