Conducir bajo la influencia de alcohol es un hecho sancionado en el Código Penal de California, además de la imputación del cargo de DUI en el proceso penal, se realiza una audiencia llevada a cabo por el Departamento de Vehículos Automotores de California que tendrá como fin establecer si el arresto fue legal y por lo tanto se debe suspender su licencia de conducir.
Si fue arrestado por un DUI debe ser asesorado por un abogado penalista de LA Criminal Defense Attorney, ubicada en Los Angeles, California. Nuestros abogados cuentan con una extensa experiencia y formación en el manejo de estos casos, por lo que pueden representarlo en la audiencia de DMV y ejercerán la defensa más conveniente para lograr que su licencia de conducir no sea suspendida.
¿Qué es una audiencia de DMV?
El Departamento de Vehículos Automotores, también conocido como DMV, es el organismo estatal que se encarga de realizar todas las operaciones concernientes al registro de vehículos y la emisión de licencias de conducir.
Cuando una persona es arrestada por conducir bajo la influencia de alcohol, debe hacer una solicitud dentro de los 10 días siguientes para que se celebre una audiencia administrativa en la oficina del DMV, en la que se determinará si su licencia será suspendida. Durante el arresto, el policía decomisa la licencia de conducir y le dará una notificación de suspensión cuyo fin es que pueda usarla como una licencia de manera temporal por un lapso de 30 días, si no hace la solicitud para la audiencia en el lapso establecido, luego de esos 30 días se quedará sin licencia ya que perderá el derecho a solicitar la audiencia.
Sin embargo, es importante mencionar que podrá obtener una licencia restringida IDD tiempo después si se inscribe en la escuela de DUI, presenta un formulario de seguro SR-22 y paga 125 dólares, con esta licencia se le permite conducir a ciertos lugares, como a su trabajo y a la escuela de DUI. Para esto debe cumplir con instalar un dispositivo IDD en su auto por 4 meses si es la primera vez que comete el delito de DUI, o por un periodo de 1 o 2 años si es reincidente. Este dispositivo IDD estará cerca del asiento del conductor de su auto y le pedirá una prueba de aliento, con la cual sólo se encenderá el vehículo si el IDD no detecta alcohol, además, le exigirá realizar otras pruebas cada cierto tiempo mientras conduce.
¿Cómo solicitar la audiencia de DMV?
La audiencia debe solicitarse en los 10 días siguientes del arresto y para hacerlo debe llamar a su sucursal local de seguridad del conductor del DMV (driver safety branch office), aunque es parte del Departamento de Vehículos Automotores, es una oficina distinta a las oficinas del DMV donde se registran los vehículos y se emiten licencias.
Además, no es necesario que usted solicite la audiencia personalmente salvo que tenga que testificar, ya que su abogado puede solicitar la audiencia y presentarse en su nombre. Por otro lado, estas audiencias no siempre son presenciales ya que muchas veces se realizan por vía telefónica.
¿Cuáles son mis derechos en una audiencia DMV?
Las audiencias del DMV son más informales y sencillas que un juicio, sin embargo, la persona que ha sido arrestada por DUI mantendrá algunos de los mismos derechos que la ley le garantiza en un proceso penal. Asimismo, entre estos derechos podemos mencionar el derecho a revisar y debatir la evidencia, el derecho de citación y presentación de testigos, el derecho a interrogar a los testigos presentados por la fiscalía y el derecho a testificar en su propio nombre. También tendrá el derecho a ser representado por un abogado, pero éste debe ser costeado por usted de manera obligatoria, a diferencia del proceso penal en que si el acusado no puede costearlo, se le asigna uno.
¿Cómo se puede ganar una audiencia de DMV?
En la audiencia de DMV se determina si su licencia será suspendida en base a una serie de factores, entre estos se evaluará si el policía que lo arrestó tenía razones fuertes para pensar que usted había consumido alcohol y estaba conduciendo bajo su influencia, lo cual se conoce como causa probable. Además, se evaluará si la concentración de alcohol en su sangre, también conocida como BAC, era de 0,08% o mayor a este porcentaje.
Ahora bien, si usted se rehusó a realizarse las pruebas químicas de alcohol o sangre, las preguntas serán distintas, ya que en este caso le preguntarán si su negación fue intencional y si el policía le comunicó que negarse a someterse a alguna de estas pruebas conlleva a la suspensión de su licencia de conducir por un año o a la revocación de la misma por dos o tres años.
¿Cuáles defensas pueden alegarse en la audiencia?
Su abogado puede alegar ciertas defensas durante la audiencia para evitar que se suspenda su licencia. Estas son las siguientes:
- No se encontraba conduciendo. Ya que un DUI implica conducir bajo la influencia de alcohol, una defensa que puede alegarse en la audiencia es que usted no conducía en el momento en que estaba ebrio. Eso puede ocurrir si el policía no lo vio conduciendo, sino que simplemente lo encontró en su auto estacionado con olor a alcohol, por lo que no hay pruebas de que usted estuviese conduciendo en ese estado, si el DMV no presenta a los testigos pertinentes o no hay ninguna otra prueba, entonces no se podrá dictar la suspensión de su licencia en la audiencia.
- Fue arrestado en un punto de control ilegal. En California, existen ciertos puntos de control de sobriedad con el fin de que los policías se aseguren de que los conductores no estén conduciendo bajo la influencia de alcohol, estos puntos de control están establecidos de acuerdo a ciertos parámetros legales. De manera que, si fue arrestado en un punto de control que no estaba constituido según el procedimiento y los requisitos legales, entonces el arresto sería ilegal y esta defensa lograría que gane la audiencia, incluso si en ese momento sí había conducido con alcohol en su organismo.
- Ausencia de causa probable. La causa probable consiste en que la policía debe tener razones suficientes para creer que la persona incurrió en una actividad ilegal, lo cual es imprescindible para la legalidad del arresto. De manera que, su abogado puede argumentar que la policía actuó en ausencia de una causa probable que justifique la detención, lo cual puede ocurrir por diversos motivos incluyendo la discriminación racial o la xenofobia.
- Ausencia del periodo de observación de 15 minutos. Existen ciertos factores que pueden alterar los resultados de las pruebas de aliento y hacer que resulten mayores al límite legal que es 0,08%, entre estos factores se encuentran ingerir alimentos o bebidas, fumar y vomitar. Por esta razón, el Título 17 del Código de Regulaciones de California ha establecido que el policía debe observar al arrestado por 15 minutos antes de efectuar la prueba de aliento para garantizar que no realice ninguno de estos actos que pudiesen alterar el resultado del nivel de concentración de la sangre.
Asimismo, las disposiciones sobre las pruebas de aliento y sangre que se encuentran en el Código de Regulaciones de California deben ser cumplidas a cabalidad, ya que cualquier violación a las mismas conduce a que el arresto se considere ilegal y esto se puede ser argumentado en la audiencia para obtener un resultado favorable y conservar su licencia de conducir.
- El instrumento no funcionaba bien. De conformidad con el Título 17 del Código de Regulaciones, los instrumentos con los que se hace la prueba de aliento deben dárseles mantenimiento y revisarse cada 10 días o cada 150 usos, ya que de lo contrario los resultados podrían resultar alterados. Así que, si el instrumento con el cual le hicieron la prueba de aliento no cumplía con esto, o se encontraba defectuoso, puede argumentar esto en la audiencia para lograr ganar.
- Factores físicos. Existen ciertos factores que pueden conducir a resultados mayores de 0.8% del BAC, entre ellos se encuentran sufrir de algunas enfermedades y estar sometido a una dieta alta en proteínas y baja en carbohidratos, esto se debe a que las sustancias químicas llamadas cetonas son producidas por el cuerpo debido a algunas enfermedades como la diabetes e hipoglicemia, o cuando se está en una dieta alta en proteínas y baja en carbohidratos. Los dispositivos que se utilizan para hacer las pruebas de DUI no distinguen entre las cetonas y el alcohol, por lo que en presencia de estos factores,pueden producir resultados que reflejen una concentración elevada de alcohol en la sangre que es errónea. Incluso los policías en ocasiones suelen confundir con alcohol el aliento producido por la cetosis.
Por otro lado, enfermedades como el reflujo gastroesofágico, la hernia de hiato y la acidez producen que los ácidos del estómago se regresen al esófago, de manera que, cualquier mínima cantidad de alcohol que haya consumido no se absorbe, sino que se concentra en la boca y conduce a que el alcoholímetro detecte una cantidad mayor de la que se encuentra realmente en el aire de sus pulmones, alterando el resultado de su prueba de aliento.
Si cree que uno de estos factores pudo haber provocado que el resultado de su BAC excediera el límite legal, puede alegarlo en la audiencia y esto ayudará a que gane.
- No fue informado sobre las consecuencias que conllevaría la negación a someterse a las pruebas químicas. El policía tiene la obligación legal de decirle a la persona arrestada que se niegue a realizarse la prueba que dicho acto acarrea la suspensión obligatoria y automática de la licencia de conducir por un periodo de un año. Ahora bien, el policía debe leer dicha advertencia textualmente, si no lee la advertencia de manera textual o improvisa, este hecho puede ayudar a que se dicte una decisión favorable para usted en la audiencia.
- No se negó a realizarse la prueba química. Si nunca se obtuvo el BAC que tenía en el momento de los hechos y además, usted en ningún momento se negó a la prueba, no existe ningún elemento en su contra y puede alegarlo para ganar la audiencia. Asimismo, si al tratar de realizarse la prueba de aliento su muestra es insuficiente, el policía debe indicarle que puede realizarse la prueba de sangre, si no lo hace, entonces usted no sería el responsable. De igual forma pasa en casos en los cuales la persona hace preguntas al oficial sobre los detalles de la prueba y éste la toma de mala manera y asume que se está negando.
- Errores graves en los documentos del policía. Los policías deben dejar constancia sobre los arrestos que llevan a cabo en documentos detallados, si uno de estos documentos tiene un error grave y el policía no los corrige ya que no recuerda los hechos con claridad, esto puede conducir a que usted gane la audiencia si argumenta esta defensa. Entre los errores que pueden estar presentes en los documentos se encuentran la ausencia de la firma y la fecha equivocada, no especificar los resultados del BAC o mencionar resultados que no son reales.
- Violación de la norma de cero tolerancia para menores de 21. Los menores de 21 años no pueden conducir con ningún nivel de alcohol en la sangre según la norma de cero tolerancia establecida en el artículo 23136 VC. Asimismo, en la práctica suele ocurrir que los policías le aplican la prueba PAS a los menores de 21 que se encuentran conduciendo bajo la influencia de alcohol, esta es una prueba preliminar que no se considera exacta por tener un margen de error que puede alcanzar el 15%, por lo tanto, no forman parte del título 17 del Código de Regulaciones.
Como prueba para determinar la efectividad de la prueba PAS se suele presentar el testimonio de ciertos testigos en la audiencia, que pueden ser el policía que efectuó el arresto, o un experto forense en alcohol. De manera que, además de indicar los resultados de la prueba en la audiencia, el testimonio del oficial debe demostrar por qué esta prueba PAS es una evidencia confiable para determinar la concentración de alcohol en la sangre, esto no siempre lo logra y por lo tanto el arrestado triunfa en la audiencia.
¿Cuáles son las diferencias entre la audiencia de DMV y el juicio penal de DUI?
La audiencia y el proceso penal tienen tanto similitudes como diferencias, entre las diferencias podemos mencionar que en el juicio penal existe una variedad más amplia de defensas que pueden ser alegadas por su abogado y por lo tanto es más difícil que obtenga una decisión desfavorable.
Además, la autoridad que dirige el proceso penal es un jurado, es decir, un conjunto de 12 personas imparciales que tomarán la decisión de manera unánime. En cambio, la audiencia de DMV es presidida por un oficial asignado que es un empleado del DMV, éste no es un abogado ni suele tener formación en materia legal.
Por otro lado, en el juicio penal se determina si ha cometido el delito de DUI, en cambio en la audiencia de DMV no se evaluará su culpabilidad en la comisión del delito, sino que se examinan las circunstancias de su arresto para establecer si fue válido y por lo tanto se debe suspender su licencia de conducir.
¿Cuál es la carga de la prueba en la audiencia de DMV?
En el proceso penal el fiscal debe probar la existencia de los elementos del delito de DUI más allá de toda duda razonable ya que el proceso se enfoca en determinar la culpabilidad del acusado. Por el contrario, el fin de la audiencia es dilucidar si el arresto fue válido, de manera que, en la audiencia el criterio bajo el cual deben ser probados los hechos delictivos es por una preponderancia de la evidencia, es decir, se debe demostrar que lo más probable era que usted conducía un vehículo con una concentración de alcohol en la sangre (BAC) que excedía el límite legal.
Como vemos, en el proceso penal se requiere evidenciar los hechos con certeza, en cambio en la audiencia esto resulta mucho más fácil ya que sólo debe demostrar que fue lo más probable, por lo tanto, es posible que pierda la audiencia pero luego sea declarado inocente en el proceso penal.
¿Qué ocurre si gano en la audiencia?
Si gana la audiencia de DMV podrá seguir utilizando su licencia de conducir. Ahora bien, ganar no significará que sus cargos criminales serán desestimados o que será declarado inocente de manera automática, sin embargo, muchas veces en el juicio penal se toman en consideración los testimonios y evidencias presentados en la audiencia de DMV, en los cuales se muestran errores sobre la existencia de todos los elementos que requiere el delito, de manera que, esto puede ayudar a convencer al fiscal de desestimar sus cargos o de celebrar un acuerdo para que sean reducidos.
Sin embargo, esto no siempre ocurre y, en otros casos luego de que la persona gana la audiencia, la fiscalía mantiene una creencia sólida de que puede demostrar que usted ha cometido el delito y sigue adelante con el proceso penal. Si al terminar el proceso penal se declara su culpabilidad, el juez tendrá la facultad de suspender su licencia de conducir.
¿Qué ocurre si pierdo en la audiencia?
Si pierde la audiencia de DMV, se suspenderá su licencia de conducir por un tiempo que va a depender de si es su primera condena por DUI, o si es reincidente. Sin embargo, muchas veces se presenta evidencia en la audiencia que ayuda a que se celebre un acuerdo con la fiscalía en el juicio penal, dicho acuerdo puede consistir en la reducción de los cargos o el restablecimiento de su licencia. Ahora bien, si pierde la audiencia de DMV, este organismo debe restablecer su licencia de conducir si luego es declarado inocente en la sentencia del juicio por DUI.
Además, de acuerdo con la ley del senado 1046 generalmente las personas que han sido arrestadas podrán seguir conduciendo a ciertos lugares con una licencia restringida si instalan un dispositivo IDD en su automóvil, al respecto debemos mencionar que si es su primer arresto por este delito deberá mantenerlo instalado por 4 meses, pero si es su segundo o tercer arresto, deberá ser por 1 año. Por otro lado, si ha sido arrestado por 4 veces o más, la autoridad establecerá el periodo de tiempo por el cual debe tenerlo instalado.
¿Se puede apelar a la decisión de la audiencia?
Las decisiones de la audiencia de DMV son apelables ante el mismo DMV o ante el Tribunal Superior de California, ambas apelaciones tienen lapsos y procedimientos distintos.
Para la apelación ante el DMV, la persona deberá pagar una tarifa de 120 dólares y debe seguir el lapso y el procedimiento establecido en el documento mediante el cual se le notifica la decisión de la audiencia.
Por su parte, la apelación ante el Tribunal se realiza mediante una solicitud ante el tribunal en la cual se pide que se revise la decisión del DMV, para esta apelación deberá pagar una tarifa que oscila entre 2.500 y 3.000 dólares. Además, una vez que el tribunal emite su decisión sobre la apelación, si la misma resulta desfavorable, tendrá la posibilidad de presentar una apelación por esta última decisión ante la Corte de Apelaciones de California.
¿Cómo contactar a un abogado cerca de mí?
Sabemos que la pérdida de su licencia de conducir afectaría negativamente el desempeño de sus actividades diarias y su vida personal. Si ha sido arrestado por un DUI debe contactarnos de inmediato ya que la suspensión de su licencia de conducir dependerá en gran parte de que se ejerza una buena estrategia de defensa en la audiencia de DMV, nuestros abogados poseen una extensa trayectoria profesional y sabrán manejarlo de la mejor forma posible, por lo que pueden ayudarlo a obtener un resultado favorable.
Para obtener una asesoría de un abogado de Audiencia Administrativa del DMV de LA Criminal Defense Attorney, ubicada en Los Ángeles, California, no dude en llamarnos al número 310-933-9439.