En principio es importante que conozca que el registro de menores lo constituyen todos aquellos documentos, órdenes, e informes del expediente de un menor. Así como cualquier clase de documento que esté bajo el cuidado de los diferentes Departamentos.

De igual forma, este registro juvenil no se sella por sí solo cuando un menor deja de serlo y se convierten un adulto, puesto que esta será una petición que debe realizar la persona interesada ante la Corte, siempre teniendo en cuenta si cumple en su totalidad con los requisitos para ser elegible y que son determinado por la norma.

En este sentido, si usted desea realizar una petición para sellar su registro juvenil y se encuentra en Los Angeles, CA comuníquese en la brevedad posible con el bufete LA Criminal Defense Attorney quienes cuenta con los abogados con mayor experiencia en el área, que le brindarán asesoría durante el proceso, y lo representarán ante la autoridad judicial.

¿Por qué se considera fundamental el sellado de los registros juveniles?

Hay ocasiones en las que es muy probable que los dueños de propiedades se nieguen a alquilarla, o que los empleadores prescindan de darle el empleo debido a los registros en los que se exponen las conductas que llevó a cabo anteriormente, cuando aún era adolescente.

En este sentido, es importante poder sellar los registros juveniles puesto que le permitirá señalar en toda solicitud que esta persona realice, sea de vivienda, para un nuevo trabajo, o para poder ingresar a una buena institución educativa, así como también para pedir la licencia profesional, que nunca fue detenido por los oficiales de la policía en California, al igual que no cuenta con ningún antecedente criminal en su respectivo historial.

En este sentido, una persona cuando ya haya sellado su registro juvenil podrá contestar ante cualquiera de estas preguntas con un “NO”. ¿Fue detenido alguna vez?, ¿Cuenta con antecedentes penales?, ¿Cuenta con registro sellado?

Ahora bien, sellar estos registros consiente que aquellos documentos que se relacionan al historial juvenil de esta persona que incluye desde las sentencias dictadas por el juez, el informe de su detención, así como el de su libertad condicional, pararan a ser inaccesibles sea cual sea la persona que quiera investigar de sus antecedentes. Lo cual genera una ventaja, puesto que la persona podrá seguir su vida de una manera normal sin tener que cargar con lo que sucedió en su pasado, pues puede afirmar con total seguridad que no posee antecedentes criminales, y así se le abrirán de nuevo todas las oportunidades en los diversos ámbitos de su vida.

En cualquiera de estos escenarios, lo más recomendable es que la persona busque la asistencia de un abogado que proporcione su acompañamiento a lo largo del proceso. Esto debido a que, sellar el registro sólo tendrá lugar cuando el individuo presente la petición ante el juez, lo que quiere decir que esto no procede automáticamente. Pero, anteriormente a esto, se deberá cumplir con unas exigencias de ley, y acompañar con determinados documentos. De igual forma los criterios se basan en el sujeto peticionario, con relación a esto se determinará si este sujeto puede ser o no elegible para ser sellado de dichos registros. Lo fundamental es que cuente con un abogado experto, ya que con esto la persona tendrá mayores ventajas una vez el juez le conceda la petición y se le ordene sellar los registros.

¿Qué se conoce como registros juveniles?

Lo primero que debe comprenderse es que este tipo de registros se diferencias de los registros de adultos, debido a que los jóvenes deben cumplir las sentencias en algún centro de tratamiento residencial o de detención para jóvenes, así como algún otro programa cuyo objetivo sea la rehabilitación de los menores. Esto se debe a que los procedimientos en los que se involucran menores, son llevados a cabo de la misma forma en la que se realizan los de adultos, puesto que son considerados de tipo penal.

Un registro juvenil está constituido por cada uno de los expedientes e informes que estén vinculados a cualquier hecho delictivo en el que un individuo estuvo involucrado mientras este contaba con menos de dieciocho años, es por ello que con frecuencia se incluyan:

  • Los informes de libertad condicional

  • Las órdenes dadas por el juez

  • Los informes de investigación

  • Los registros de arrestos

Cabe señalar que los documentos anteriormente mencionados, solo aquellos a los que cualquier sujeto que cuente con internet podría examinar una vez haya realizado el pago de una tarifa bastante pequeña, por lo que con frecuencia son revisados por centros educativos, propietarios o empleadores, a quienes con frecuencia les llegan solicitudes de diversos aspirantes. Es importante contar con la ayuda de un abogado que se encargue de examinar con detenimiento los registros juveniles de la persona con el propósito de incluir cada uno de los documentos que resulten relevantes para la petición que será presentada en el tribunal.

Para su mayor compresión se explicarán en profundidad dos documentos de los mencionados anteriormente.

Informes de libertad condicional

En algunos casos es frecuente que el juez sentencia a un menor a estar bajo un régimen de libertad condicional, por lo que mientas el joven se encuentra bajo esta medida, deben redactarse una variedad de informes, conocidos como informes de libertad condicional en los cuales se plasman detalles relevantes del progreso que demuestre el menor, al igual que los retrocesos. Debido a ello dichos informes constituyen un elemento esencial de los registros juveniles.

En consecuencia, dichos informes son empleados para indicar el joven finiquito su libertad condicional y si este cumplió en su totalidad con cada término y condiciones establecidas por las autoridades judiciales en su sentencia. Por lo que, al solicitar que se sellen los registros, los informes de la medida de libertad condicional deberán ser incluidos por parte del abogado, para que pueda formar parte del conjunto de documentos que pretendan sellase.

Las órdenes dadas por el juez

Todas las órdenes preliminares que hayan sido emitidas por un juez durante una audiencia, en el transcurso del proceso de un menor, son consideradas como registros válidos. Estas son cada una de las decisiones que hayan sido tomadas por un juez, antes de ser emitida una sentencia. por consiguiente, la sentencia viene siendo el veredicto final. Es por ello que lo más recomendable es que la situación legal del individuo sea estudiada por un buen abogado de defensa criminal, que tome en consideración cada una de las decisiones al momento de solicitarse el sellado de los registros juveniles, de forma que se asegure de que ninguna quedado por fuera, y que estén incluidas en su totalidad en la solicitud.  

Cabe señalar que, las sentencias emitidas por los tribunales de menores también son consideradas como un registro relevante. Precisamente porque es en esta donde se encuentran indicadas las medidas que fueron adoptadas con el propósito de rehabilitar al menor, cuando las autoridades judiciales determinaron que el joven verdaderamente había llevado a cabo un hecho delictivo.

Es necesario tener en cuenta que, independientemente de cuál haya sido la sentencia proferida, así el joven fuera absuelto o adjudicado, todos los documentos que fueron señalados formarán parte de los registros juveniles del sujeto. Es por ello que se vuelve necesario que la persona en conjunto con su abogado introduzca una petición con el fin de que los mismos sean sellados, especialmente si no se produjo condena alguna. Esto le permitirá al individuo no ser blanco de señalamientos o discriminación cuando se encuentre buscando empleo, haya aplicado a alguna institución educativa, licencia estatal o al momento de alquilar alguna vivienda, entre otros escenarios.

¿Qué significa “sellar” los registros juveniles?

Esto se refiere a cerrar o concluir el expediente perteneciente a un sujeto, para que todos los documentos que contiene el mismo, se tengan como inexistentes. De manera que estos registros no podrán estar disponibles a cualquier persona. Puesto que la normativa del Estado de California permite que se realice este proceso de sellado fundamentándose en la norma 781 del Código de Instituciones y Bienestar, el cual establece los criterios necesarios para que una persona pueda ser elegida, entre otras.

Posteriormente a que se sellen los registros, se procede a su destrucción. Pero existen casos particulares donde la Corte ordena que estos se deben conservar.

En caso de que la Corte declare pertinente la destrucción de dichos registros sellados, lo realizará una vez que se hayan cumplido 5 años desde el momento que la autoridad judicial ordenó que fueran sellados. Esto es aplicable en aquellos escenarios donde el menor se encontraba bajo la tutela de la Corte por faltar de forma injustificada y habitual a la escuela, o porque fue desobediente.

No obstante, es importante destacar que esta destrucción de los registros sellados puede durar hasta que el individuo alcance los 38 años de edad, esto en los casos donde la persona estuvo bajo la tutela de la Corte por verse inmerso en una actividad ilegal o delictiva.

¿En qué consiste el proceso de sellado de estos registros?

Un aspecto importante a conocer es el proceso que debe llevarse a cabo con el propósito de que estos registros juveniles sean sellados. Debido a que con esto una persona puede tener conocimiento sobre el procedimiento que debe seguirse, la duración y cada uno de los resultados posibles. Independientemente de las características del caso, lo recomendable es que las personas interesadas en este proceso, cuenten con la asesoría de algún abogado de defensa criminal que se ocupe de llevar a cabo todas las diligencias, para que dicha persona no deba preocuparse por las formalidades o los tecnicismos de la ley.

Para iniciar el proceso para el sellado de registro de menores, es necesario que se complete y presente una petición en el tribunal perteneciente al condado en el que fue dictada la sentencia condenatoria o donde se llevó a cabo el proceso del menor. Este proceso tendrá una duración aproximada de 8 a 10 meses para completarse.

Una vez que se presenta la petición, es trabajo del tribunal programar la audiencia en cual el juez tendrá la potestad de rechazar o conceder la solicitud. Cabe acotar que, en su mayoría no se requiere que el sujeto implicado se encuentre presente, esto solo será necesario si el juez así lo requiere, para dar respuesta a alguna duda que el juez posea en relación al delito o la rehabilitación. Por su parte, el Departamento de Libertada condicional y la fiscalía tienen la posibilidad de impugnar el proceso o presentar pruebas en el mismo. Sin embargo, estas son situaciones que ocurren con muy poca frecuencia. De allí que sea tan fundamental la representación del individuo por parte de un buen abogado con conocimiento en estos procesos.

Al ser concedida la petición, forma parte del trabajo del tribunal encargarse de la emisión de la orden que estará dirigida a las agencias en las que se guardan esos registros, en esta se les indicarán que los mismos deben ser sellados y posteriormente destruidos. Por el contrario, si la petición es rechazada, el sujeto cuenta con la posibilidad de presentarla de nuevo en alguna fecha posterior.

Paso 1: Presentación de petición

Consiste en la presentación de una petición en un tribunal, en la cual se solicita que se sellen los registros juveniles. Para esto, el abogado debe proporcionar la información necesaria para demostrar la urgencia de que estos sean sellados.

Es sumamente importante que en dicha petición se encuentren especificados cada uno de los registros que se espera sean sellados, en conjunto con los argumentos que se emplearán como respaldo de la solicitud.

Paso 2: Programación de audiencia

Justo después de que la fecha y hora de esta audiencia sea fijada por el juez, le será comunicada al abogado encargado de llevar el proceso por medio del aviso oficial. Una vez esté en conocimiento de la hora y fecha, es necesaria la configuración de un recordatorio con el fin de mantener un seguimiento, debido a que la presencia de la persona implicada puede ser obligatoria.

Paso 3: La audiencia

Respecto a esta audiencia será donde el juez evaluará la petición, además de los argumentos y toda la evidencia.

De manera que, esta audiencia se presenta cuando la Fiscalía que llevó el caso del menor contradice la decisión respecto a la petición de sellar los registros.

Esta objeción podrá venir de todas las consideraciones de la Fiscalía dado que el delito cometido fue grave, de manera que el argumento usado será que el registro no deba eliminarse para que pueda ser consultado en un futuro. Lo que traerá como consecuencia que en la audiencia se presenten argumentos que permitan justificar al sujeto implicado y contrarrestar los de la Fiscalía.

De igual forma, mientras se espera el día donde se señalará la audiencia el abogado deberá asesorar a la persona y ayudarlo a que pueda recoger toda la evidencia que se considere suficiente para lograr persuadir al juez. Por ejemplo, recopilar los informes de libertad condicional, así como los certificados donde conste que terminó la rehabilitación que le fue fijada por la Corte anteriormente, así como cualquier otro que estime conveniente.

Ya cuando sean analizados los argumentos que fueron presentados y las pruebas por el juez, será éste quien decidirá.

Paso 4: Decisión judicial

El juez es el que puede aprobar dicha solicitud y ordena que sea sellado el registro. En caso de que se conceda esta solicitud, el juez deberá autorizar el envío de las distintas órdenes judiciales a las diferentes entidades en donde se accedió a este registro.

Por otra parte, el juez de igual forma puede rechazar esta petición y archivar el registro. Puesto que cuando un tribunal rechaza la solicitud, se puede presentar una nuevamente luego de un periodo de tiempo prudente. También, se podrá revisar esta decisión de la Corte para poder establecer que llevó al juez a negar esta oportunidad.

¿Qué probabilidad hay de que puedan reabrirse un registro juvenil que ya fue sellado?

Esto es posible, si se presentan cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación:

  • Al sufrir una demanda por difamación: En caso de que una persona sufra una demanda en el ámbito civil en razón de una difamación, el expediente podrá abrirse, esto quiere decir que este estará disponible y será admitida como una prueba en el transcurso del proceso. Y ya cuando se resuelva lo de la demanda, estos registros serán sellados nuevamente. Es decir, que la Corte restablecerá su status quo y le prohibirá a cualquier persona que pueda tener acceso a estos registros. Esta situación se puede entender mejor a través del siguiente ejemplo: Una persona difama al sujeto involucrado en este hecho de que este sufrió una condena por haber perpetrado un delito de índole sexual, ante esta situación se usarán los registros juveniles del individuo para aclarar que este no fue el cargo el cual sufrió en ese momento.

  • Por las investigaciones procedentes de una empresa de seguro de auto: En este caso el Departamento de Vehículos Automotores, podrá permitirles a los sujetos encargados de ajustar los seguros de vehículos que observen o detallen el historial de conducción de la persona implicada para que estos puedan evaluar si es elegible, y cuál es el riesgo que puede generar al momento de solicitar el seguro. De manera que, esta será la situación en donde el Departamento de Vehículos Automotores podrá compartir esta clase de información.

De igual manera, se debe tener en consideración que la Fiscalía podrá acceder al registro sellado de menores con el objetivo de encontrar y revelar cualquier clase de evidencia exculpatoria en un determinado caso criminal.

¿Cuándo un sujeto se considera elegible para poder sellar sus registros juveniles?

El que una persona conozca todos los criterios necesarios para ser elegible es fundamental, puesto que esto le evitará presentar una petición que no será válida, además que se ahorrará dinero y tiempo. En este sentido son 4 criterios los necesarios para poder calificar como elegible o no en este sellado de registro juvenil, y estos criterios son:

  • El primero es que el sujeto debe tener 18 años o más, o también que la jurisdicción correspondiente al Tribunal de menores terminó 5 años antes, cualquiera de las que ocurra primero.

  • El segundo requisito, es que como adulto no debió perpetrar ningún delito que sea considerado de “vileza moral” sin tener en cuenta si es un delito mayor o menor. Entre estos hechos ilícitos se encuentran aquellos que se clasifican en el fraude y el hurto, determinados delitos sexuales y ciertos hechos ilícitos relacionados con drogas.

  • El tercer requisito es que el delito que se pretende sellar no sea ninguno de los establecidos en el artículo 707 (b) del Código de Instituciones y Bienestar. Dentro de los que destacan, tortura, asesinato, amenaza de violencia o secuestro, de manera que una persona que perpetro uno de estos ilícitos cuando contaba con una edad de por lo menos 14 años no será elegible.

  • El cuarto requisito es que, si la Corte posteriormente de revisar todas las circunstancias desde la última ocasión en que el sujeto perpetró una conducta ilícita, determine que se rehabilitó exitosamente.

En caso de que el individuo cumpla con todos estos criterios establecidos, y además no tiene ninguna causa en el ámbito civil pendiente relacionada con el delito cometido en la juventud, entonces podrá ser elegible para sellar su respectivo registro.

De igual forma, se debe tener en consideración que, si a la persona la detuvieron, pero no fue enjuiciada porque se desestimaron los cargos, o porque salió absuelto del delito, podrá solicitar a la Corte en cualquier instante que le sellen los registros de la detención.

¿Cómo puedo comunicarme con un abogado experto en el área cerca de mí?

Si usted desea sellar su registro juvenil puede realizar la petición ante el juez, y con esto podrá conseguir dejar en el pasado ese historial criminal y lograr obtener mejores oportunidades en el ámbito laboral, educativo y personal, ya que las personas no tendrán acceso a esta información una vez que esto sea ratificado por la autoridad judicial.

Pero, si desea lograrlo debe contar con la ayuda de un buen abogado con amplia experiencia en el área, que lo represente y que haga esta petición ante la Corte, además de acompañarlo durante todo su proceso, lo que le brindara mayor posibilidad de lograr un resultado favorable. Además, una vez que le sea concedido el sellar su registro juvenil usted podrá decir con toda firmeza que nunca fue detenido, y que no tiene antecedentes criminales.

Sin embargo, quedará a discreción del juez si le aprueba o no esta petición. Es por ello que debe asesorarse con los mejores, y estos son los del bufete LA Criminal Defense Attorney, ya que cuenta con un equipo capacitado y con amplia experiencia en el área.

No lo dude más, y si se encuentra en Los Angeles, CA comuníquese inmediatamente con nosotros a través del siguiente número telefónico 310-933-9439, y será atendido en la brevedad posible.