El código Penal de California, específicamente en la sección 243.4, señala como un crimen denominado agresión sexual, el hecho de que un sujeto toque las partes consideradas privadas o intimas de otro, sin contar con su consentimiento, y persiguiendo como objetivo obtener excitación, placer o consumar un abuso sexual.
Esta es una conducta criminal que desafortunadamente ocurre con bastante frecuencia en california y por ende es procesada casi a cotidiano ante las diferentes cortes del país. Cabe destacar que al tratarse de un ilícito de carácter sexual la ley es bastante estricta y los jueces suelen adoptar posturas bastantes duras cuando se trata de emitir condenas fundadas en dichos crímenes. No obstante la determinación de las sanciones específicas que corresponde imponer a un sujeto acusado y posteriormente declarado responsable por agresión sexual varían de acuerdo a si el crimen es juzgado como de índole menor o mayor. Pero de forma general dichas sanciones están compuestas por extensas penas de encarcelamiento y la obligación de desembolsar significativas sumas de dinero.
Independientemente de cuál escenario se configure, enfrentar una acusación penal no resulta algo favorecedor para absolutamente nadie, mucho menos cuando de dicha acusación se desprende una condena que incluso puede enviar al involucrado a prisión y que repercutirá de modo significativo sobre su futuro. No obstante un acusado siempre tendrá el derecho de defenderse y por ende hacer todo lo que esté en sus manos dentro de los límites legalmente establecidos para demostrar su inocencia y lograr salir ileso, pero esta resulta una labor bastante delicada dado que un proceso penal involucra muchas formalidades que en caso de no ser cumplidas pueden terminar por hacer que la situación solo se vuelva más difícil. Es por todo lo anterior que lo más idóneo en el supuesto de atravesar una situación similar es ubicar a un profesional del derecho, es decir un abogado con conocimientos garantizados en el área legal, específicamente penal, cuya trayectoria representando casos similares le permitan brindar sus servicios no solo de orientación, sino su representación durante cada fase del proceso para así obtener mejores resultados, dicho profesional se abocará a analizar el caso, reunir pruebas y una vez realizado esto establecerá la defensa que mejor se adapte al caso, la cual sea capaz de desvirtuar la acusación del fiscal y convencer al Juez sobre el hecho de que lo más sensato es desestimar el caso, o por lo menos ser condescendiente al momento de pronunciar una condena, al disminuir la misma e imponer las sanciones menos estrictas posibles.
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¿Según la normativa legal de California que involucra una agresión sexual?
Es una conducta criminal específicamente sexual cuyo fundamento legal está estipulado en la sección 243.4 PC (Código Penal), la cual claramente señala que todo sujeto que toque alguna parte privada (intima) de otro, contra su consentimiento, cuando esta se encuentra retenida de modo ilegal por parte del acusado o algún cómplice y dicho acto se efectúa con el fin de, obtener gratificación sexual, excitación o consumar un abuso sexual es culpable por agresiones sexual.
Se debe acotar que para que un acto de agresión sexual se entienda consumado la legislación no exige que ocurra ningún tipo de penetración o que se consume un tipo de relaciones sexual.
Ejemplos
- Tocar de modo atencional los se senos de una joven reconocida sin contar con su aprobación.
- Tocar las nalgas de otro sin su aprobación.
- Someter a una dama, mientras se introduce las manos debajo de su vestido para tocar sus partes íntimas.
- Persuadir a un paciente que padece de algún trastorno mental para que se masturbe frente a otro.
¿Qué elementos integran el crimen?
Para que una acusación formal contra un sujeto resulte en el dictamen de una condena el fiscal está en el deber de demostrar que se configuraron ciertos elementos denominados constituidos del crimen, los cuales hacen referencia a hechos que de no ser demostrados ocasionan que el caso sea desestimado.
Tales elementos se refieren a:
- El involucrado tocó una parte privada de otro.
- Dicho acto fue ejecutado de forma contraria a la voluntad de la víctima.
- El fin perseguido por el involucrado al concretar tal acto era obtener gratificación sexual, excitación sexual o consumar un abuso sexual.
Dichos elementos abordan una agresión sexual como crimen menor, no obstante de presentarse otros elementos adicionales a los mencionados se estaría en presencia de una agresiones sexual agravada. Dichos elementos adicionales son:
- La víctima fue retenida de modo ilegal por quien consumó la agresión de índole sexual o bien sea por un cómplice de este.
- La victima esta institucionalizada con el fin de recibir algún tratamiento médico ya que esta discapacitado o incapacitado medicamente.
- La víctima desconoce la naturaleza que posee el acto ya que el agresor representó de modo fraudulento que el toque efectuado perseguía algún propósito profesional.
- La víctima del acto debía tocar o masturbar bien sea la parte privada del agresor, algún cómplice u otro sujeto.
Cabe acotar que el ultimo escenario señalado es el único en California donde se considera agresión sexual que la víctima toque las partes privadas del agresor, en vez del agresor tocar las partes privadas de la supuesta víctima.
A continuación se detallarán ciertos términos con el fin de comprender un poco mejor el contexto relativo a los elementos que componen el crimen en estudio.
Tocar
Tocar a otro en relación a un crimen menor de agresión sexual involucra que un sujeto establezca contacto con la parte privada concerniente a la víctima bien se de modo directo o por medio de la ropa. (La ropa involucra tanto la del agresor como la de la víctima)
Por su lado tocar a otro en relación a un crimen mayor por agresión sexual implica que el agresor establezca una forma de contacto respecto a la piel desnuda de la víctima bien sea de modo directo o por medio de su ropa.
Ejemplos
- Robert quien labora en un instituto para discapacitados mentales, le pide a Carolina quien está bastante discapacitada e internada en dicho instituto que toque su parte privada (pene) sobre su ropa. Tal conducta cuenta como una agresión sexual calificada como crimen mayor dado que la piel de la víctima se encuentra desnuda, de no ser así el crimen seria uno menor.
- Johan toca los senos de Carla sobre su ropa. Dado que el contacto se configuró sobre la ropa tal crimen debe ser calificado como menor.
- Parte privada (íntima)
Se entiende por una parte íntima:
- Los de una dama.
- La ingle.
- Los glúteos.
- Un órgano sexual.
Contrario a la voluntad del otro
Un sujeto infringe la normativa relativa a agresión sexual cuando toca a otro sin contar con su aprobación, lo que quiere decir que la víctima no consintiente de ningún modo el acto. Debe tomar en cuenta que para que pueda establecerse que una persona dio su consentimiento esta debe actuar de forma voluntaria y libre, a sabiendas de cuál es la esencia del acto al cual está accediendo
Debe tomar en cuenta que de configurarse un fraude tal situación anula por completo el consentimiento, es decir un sujeto puede enfrentar cargos de crimen mayor por una agresión sexual aunque la victima haya otorgado su aprobación, cuando dicha aprobación fue obtenida por medio de mentiras, lo que ocurre por ejemplo cuando un sujeto declara de modo falso que un contacto físico posee algún propósito profesional. En resumen un sujeto no puede otorgar su aprobación cuando ha sido engañado, y por ende no entiende la esencia del acto que está aprobando.
Abuso sexual
Cuando un sujeto consuma alguna agresión sexual con el fin de provocar abuso sexual, esto quiere decir tener el propósito de lastimar, lesionar, humillar o causar temor sobre la supuesta víctima, pero también abarca causarle algún tipo de dolor en cualquiera de sus partes privadas.
Por otro lado que un sujeto se toque a nivel sexual con tal objetivo también puede ser catalogado como agresión sexual, a pesar de que no haya estado movido por la intención de obtener gratificación o placer sexual.
Retención ilegal
Un sujeto restringe a otro cuando tiene control sobre su libertad para moverse a través del empleo de palabras, autoridad o actos. Cabe destacar que tal restricción debe ser contra la voluntad de la supuesta víctima
No obstante para que una retención sea considerada ilegal se requiere más que la fuerza de índole física requerida para lograr consumar un acto sexual.
También debe considerar que un sujeto no retiene a otro de modo ilegal cuando la autoridad de índole legal es utilizada para concretar algún propósito lícito, pero cuando la retención siga siendo legal.
Cómplice
Un sujeto es cómplice de un crimen basado en agresión sexual cuando:
- Conocía que el culpable principal estaba actuando criminalmente.
- Tenía como propósito, y de hecho materializó alguno de los siguientes actos:
- Ayuda, facilita, promueve, alienta o instiga en la ejecución de una agresión sexual
- Forma parte de alguna conspiración delictiva para consumar una agresión sexual. (Esto involucra esfuerzo conjunto)
¿Cuáles sanciones estipula la ley para castigar una agresión sexual?
Este es un delito que puede ser procesado como crimen menor o mayor de acuerdo a la existencia de ciertos factores.
Una agresión sexual básicamente se considera un crimen menor cuando el agresor solo toca la parte privada de otro, contra su voluntad y con el objeto de obtener excitación sexual, gratificación sexual o un abuso sexual, siempre y cuando no sea aplicable ningún favor agravante de los mencionados con anterioridad
Una condena por agresión sexual como crimen menor acarrea:
- Encarcelamiento por dos, tres o cuatro años que debe cumplirse en una cárcel bajo potestad del Estado. Pero además se pueden anexar entre tres y cinco años de encarcelamiento cuando la víctima resulta herida de gravedad.
- El desembolso de 10.000$ a título de multa.
- Régimen de libertad probatoria formal.
- Realizar el registro como criminal sexual para toda la vida.
Por otro lado un crimen de agresión sexual se convierte en uno agravado cuando se configura una retención ilegal, la supuesta víctima se encuentra institucionalizada discapacitada o incapacita, cuando el agresor persuade a la victima de modo fraudulento respecto al hecho de que tocar tiene un fin médico. De configurarse cualquier de los mencionados escenarios el crimen pasa a ser considerado un “wobbler”, es decir que la fiscalía puede formular cargos por un crimen menor o mayor dependiendo de los hechos que dieron lugar al caso y el expediente penal del involucrado.
Esto quiere decir que aunque se configure un factor agravante, la fiscalía aun tiene potestad de formular cargos por crimen menor basado en agresión sexual, en cuyo caso las sanciones aplicables son las mencionadas anteriormente con la diferencia de que el lapso de encarcelamiento debe ser de hasta un año.
Pero si la fiscalía más bien se inclina por formular cargos por un crimen mayor las penas disponibles son:
- Encarcelamiento que no dure más de seis meses y que debe cumplirse en cualquier cárcel bajo potestad del condado.
- El desembolso de 2.000 y de hasta 3.000$, de ser el caso que la víctima haya sido un empleado del agresor.
- Régimen de libertad probatoria informal por cinco años, que puede abarcar trabajo social, el cumplimiento de un programa educativo para agresores, el cumplimiento de un programa creado para asistir a quienes tienen problemas relacionados con abuso o compulsión sexual, realizar el registro como criminal sexual por un lapso no menor a 10 años.
¿Puede un sujeto presentar una demanda a nivel civil debido a daños suscitados por un crimen de agresión sexual?
Si, toda víctima de un acto calificado como agresión sexual está en el derecho de consignar una demanda contra el criminal ante la corte civil con el objeto de ser indemnizado debido a los daños que sufrió como resultado del crimen.
Este tipo de demanda es adicional y separada de los cargos de índole penal a que debe hacer frente el agresor.
Ahora bien, respecto a una demanda civil la carga probatoria recae sobre la victima quien debe dejar en evidencia clara que el crimen de agresión sexual género daños que pueden verificarse.
Tales daños pueden abarcar entre otros:
- Fracturas y gastos médicos.
- Salarios dejados de devengar.
- Pérdida respecto a la capacidad para generar ingresos.
- Daños a una propiedad.
- Sufrimiento y dolor.
¿Existen defensas para cargos por agresión sexual?
Si, así como la ley consagra que todo aquel que consume una agresión sexual contra otro debe recibir un castigo justo, de igual manera establece que todo aquel contra quien se presente una acusación penal tiene el pleno derecho de usar todos los medios legales a su favor para instaurar su defensa y demostrar durante un juicio imparcial su inocencia, esto significa que ser acusado no equivale a ser declarado culpable.
No obstante la defensa de un caso es una parte bastante seria del proceso penal, ya que de esto dependerá el futuro de un sujeto en cuanto a que sea declarado culpable y posiblemente encarcelado o que sea declarado inocente y no tenga que enfrentar mayores consecuencias que lo acompañaran por el resto de su vida.
Por lo anterior se hace necesario contar con la orientación y representación de un abogado con garantizados conocimientos y trayectoria en materia penal que se encargue de estudiar con cautela el caso y de guiar todas las acciones durante el procedimiento penal, asumiendo su defensa y encargándose de todo lo referente a la misma y las formalidades pertinentes.
No obstante, a continuación se describen algunas de las defensas que suelen usarse para hacer frente a este tipo de cargos:
- Consentimiento.
- Insuficiencia probatoria.
- Acusaciones falsas.
Consentimiento
Para que se configure el delito de agresión la legislación exige que el contacto ejercido entre el agresor y la víctima se lleve a cabo sin el consentimiento de esta última. Por ende cuando el abogado a cargo de la defensa logra dejar en evidencia que el contacto consumado se originó con consentimiento de la víctima el acusado no debe ser declarado culpable y por ende el caso debe ser desestimado.
Un ejemplo de este tipo de crimen es el escenario donde Johan quien tiene una cita con Carmen introduce sus manos por debajo de su vestido mientras ella le pedía que por favor se detuviera, pero este logró someterla y continuar con el acto tocando sus partes privadas. En este ejemplo puede observar claramente que Carla no dio su consentimiento para que Johan tocara sus partes privadas y por ende su conducta se califica como agresión sexual.
Insuficiencia probatoria
Desafortunadamente ocurre con mucha frecuencia en este tipo de casos que no existen pruebas físicas que demuestren el acto y que por ende puedan justificar una condena por agresión sexual.
Debe tomar en cuenta que el Juez solo puede promulgar una sentencia cuando el fiscal logra demostrar de forma fehaciente que el acusado realmente cometió la agresión sexual al configurarse todos los elementos exigidos por la ley. De no ser el caso, es decir si no existen pruebas sólidas que demuestren tal situación el caso debe ser destinado.
Acusaciones falsas
Debido al hecho de que para que se configure una agresión sexual no se requiere que se configure ningún tipo de lesión física. Este resulta un crimen por el que cualquiera fácilmente puede incriminar a otro, sin tener una prueba real.
Desafortunadamente son muchas las personas que movidas pros sentimientos de venganza, rencor, ira o celos acuden ante la autoridad y rinden una falsa declaración acusando a otro de cometer una agresión sexual que realmente nunca ocurrió, y llevando a que un inocente pase un mal rato. Cuando se alega este tipo de defensa juega un papel vital la actuación del abogado quien debe reunir pruebas que dejan en evidencia que su representado realmente nunca llevó a cabo el acto por el cual se le acusa para lo cual puede valerse por ejemplo de testigos. Además en estos casos al tratarse de una acusación basada en mentiras, la misma es muy débil ya que no existen pruebas que permitan a la fiscalía demostrar la participación del involucrado en tal crimen.
¿Cuáles delitos se vinculan con el de agresión sexual?
Hay varios crímenes que suelen vincularse con la agresión sexual debido a que con frecuencia suelen confundirse debido a lo parecidos que resultan, o porque usualmente suelen presentarse de forma conjunta. Dichos crímenes son:
- Violación - 261 PC
- Agresión - 242 PC
Violación - 261 PC
Incurre en violación todo aquel que sostenga relaciones de naturaleza sexual con otro sin gozar de su consentimiento, mientras se vale del uso de engaños, coerción o amenazas.
Agresión - 242 PC
Se define como agresión cualquier tipo de toque no consentido entre un sujeto y otro, independientemente de que su naturaleza sea o no sexual.
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