En el Estado de California los casos que involucran delitos cometidos por menores de edad, son procesados ante los tribunales de delincuencia juvenil, en razón de los cuales se lleva a cabo un proceso judicial compuesto por varias fases que van desde la detención del acusado hasta el dictamen de una sentencia.

Dichos tribunales se encargan de establecer las sanciones idóneas para disciplinar al menor, las cuales serán dictadas a través de la audiencia  denominada “de disposición”  cuando se haya determinado el hecho de que un menor cometió el delito que se le imputa.

Una audiencia de este tipo equivale a una audiencia denominada “de sentencia”  de un proceso penal para adultos, y en ella el juez podrá dictar varias medidas disciplinarias que debe cumplir el menor a cabalidad.

Si usted o un menor cercano infringió la ley y está siendo juzgado ante los tribunales de menores en Los Angeles, CA, lo más razonable es que solicite asistencia legal lo antes posible, con el objeto de que al llegar a la  Audiencias de Disposición pueda obtener la aplicación de sanciones más flexibles por parte del Juez, tome en cuenta que está en juego el futuro del menor y un abogado de la firma LA Criminal Defense Attorney puede acompañarlo durante esta difícil etapa desde el inicio del proceso judicial y sus conocimientos y experiencia en materia penal serán beneficiosas para obtener una decisión favorable para el caso.

¿A qué se refiere la audiencia denominada de disposición?

En un proceso judicial que se desarrolla ante un tribunal competente en menores, esta fase es la equitativa a una audiencia de dictamen de sentencia por parte del tribunal en un proceso para adultos, es decir durante esta etapa una vez que se ha decidido que el menor cometió el delito del cual se le acusa, el juez procederá a dictar las medidas pertinentes necesarias para sancionar su conducta.

En concordancia con esto existen varias medidas que el juez puede dictar a través de una audiencia de disposición, dentro de las que pueden mencionarse: poner al menor bajo un régimen probatorio, ponerlo en custodia en un campamento bajo libertad condicional o colocarlo en algún hogar de crianza.

Ahora bien es necesario aclarar que en el sistema penal de menores se utilizan términos legales diferentes a los empleados en el sistema para adultos, dado que no se usan los términos inocente o culpable para referirse al menor  sino que se habla de petición rechazada o aceptada, dado que en estos casos la fiscalía presenta ante la corte una petición, que indica las transgresiones que supuestamente el menor ejecutó en contra del ordenamiento jurídico.

Además en un procedimiento judicial de menores intervienen varias partes, entre ellas el fiscal en representación del Estado, el abogado encargado de la defensa como representante del menor acusado, y el Juez , que será el encargado de tomar una decisión para definir el caso que está bajo su curso.

Por otro lado, es importante tomar en consideración que habrá la posibilidad por parte del menor de manifestar una declaración al Juez y por ende lo más sensato es que cuente con la compañía de algún abogado, que proteja sus derechos. No obstante, la víctima también podrá rendir su testimonio durante la audiencia en cuestión o presentarlo por escrito.

Sin embargo la declaración del menor sólo podrá ser presentada  en aquellos casos en los que el Juez acepte la petición presentada por la fiscalía, dado que determinó que las pruebas recaudadas son suficientes y dejan en evidencia que el menor realmente cometió el delito que se le imputa y por lo tanto lo que prosigue es dictar una sentencia.

¿Cuándo se realiza esta audiencia?

Los tribunales de menores se refieren al juicio celebrado contra el menor como “audiencia de adjudicación” durante la cual el menor será representado por un abogado y el Estado por un fiscal, en caso de que establezca que el menor cometió el delito que se le imputa o pierda el juicio la siguiente fase será dictaminar la sentencia, también denominada audiencia o fase de disposición.

En el supuesto de que el Juez tenga la información necesaria para dictar una decisión en relación al caso una vez finalizado el juicio la fase de disposición puede darse de forma inmediata luego de que finalice el juicio. Es decir, si el Juez acepta la petición que fue presentada por la fiscalía, se procederá a dictar sentencia inmediatamente una vez concluido el juicio.

Pero si por el contrario el Juez aún está en espera de que el agente de libertad condicional presente un estudio social, el cual contiene la recomendación otorgada por dicho agente en relación a la sentencia, o en el supuesto de que el menor acusado o sus padres quieran consignar material importante que ayude a tener una mejor perspectiva del menor, la disposición puede postergarse.

Aunado a esto si el menor demuestra sufrir de algún trastorno mental, el Juez puede solicitar que se le realice un estudio, lo cual también es causal de que se postergue el dictamen de la disposición.

Sin embargo el dictamen de una sentencia no puede postergarse de forma indefinida, por lo tentó si el menor está bajo condición de arresto debe llevarse a cabo la fase de disposición dentro de los diez días posteriores a la fecha en la que se celebró el juicio o durante los treinta días posteriores a la presentación de la petición por parte del fiscal.

¿Qué parámetros evalúa el juez antes de dictar una sentencia?

Entre los parámetros que toma en cuenta el Juez para dictar una sentencia relacionada con un caso de menores están:

  • Su edad.
  • El nivel de gravedad del delito.
  • Los antecedentes criminales, escolares y familiares del menor.
  • Las recomendaciones hechas por el agente de libertad condicional.

El juez estudiará los parámetros mencionados, la evidencia presentada en cuanto al caso y los descubrimientos realizados para tomar una decisión, en la que establecerá las medidas que debe cumplir el menor con el objeto de orientarlo y disciplinarlo.

Por otro lado existen varias circunstancias que el Juez debe tomar en cuenta para determinar cuál es la decisión más idónea para el caso en relación al menor y su familia, dentro de las que destacan:

  • Si debe convivir con sus padres u otra persona.
  • En caso de que el menor no viva con sus padres con quien debe vivir.
  • Dónde, cómo y cuándo pueden los padres visitar al menor.
  • Qué servicios requiere el menor para estar seguro y convivir seguro en su hogar.
  • Qué servicios requiere el menor para gozar de seguridad y bienestar.

No obstante el Juez también debe pensar:

  • Cómo garantizar la protección de la comunidad para mantenerla segura.
  • Cómo remediar la lesión ocasionada a la víctima.

Nota: El Juez no está en potestad de sancionar al menor por el simple hecho  de no confesar o negarse a declararse culpable del delito que se le imputa, a través de la petición presentada por el fiscal, sin embargo el menor incurre en un perjurio al rendir testimonios falsos y esto será valorado por el Juez durante la audiencia al momento de dictar la sentencia.

¿Cuáles sentencias pueden dictarse en contra de un menor durante la fase de disposición?

Luego de finalizado el juicio o fase de adjudicación se fijará una fecha específica en la que se llevará a cabo la audiencia o fase de disposición, en la que el Juez competente dictará una sentencia fundada en las evidencias y hallazgos presentados en relación al caso.

Esta etapa genera mucha ansiedad, puesto que las partes involucradas están a la expectativa de saber cuál sanción será aplicada por la corte al menor acusado, para lo cual el Juez cuenta con diversas opciones.

En este sentido y según la ley, el Juez debe imponer una sanción orientada a disciplinar u orientar al menor y otorgarle los mecanismos necesarios para hacerlo una persona de provecho, esto es así puesto que el régimen penal de menores persigue como función principal la rehabilitación de los jóvenes con el fin de que no incurran nuevamente en un delito y puedan reinsertarse a la sociedad.

Las disposiciones que puede dictar un Juez son variadas e incluyen:

  • Desechar el caso.
  • Poner al menor bajo un régimen probatorio informal.
  • Diferir el dictamen del fallo.
  • Poner al menor bajo un régimen probatorio formal.
  • Celebrar un compromiso con las autoridades juveniles de California (CYA).

Desechar el caso

Esto se refiere a cerrar o despedir un caso también denominado sobreseimiento.

Cuando un Juez decide desechar un caso, lo hace porque presume que el acusado (menor) no amerita una rehabilitación o tratamiento, o porque dicha decisión favorece los intereses perseguidos por la justicia.

Poner al menor bajo un régimen probatorio informal

En aquellos casos en donde se acusa al menor de cometer un delito que no sea calificado como grave, es posible otorgar como medida de desvió a la privación de libertad un régimen probatorio informal. Un ejemplo es el siguiente, si el menor implicado en el delito fue acusado por ejecutar un acto ilícito no violento como lo es el caso del vandalismo, y se trata de su primera incidencia es decir no cuenta con antecedentes criminales es probable que un Juez prefiera imponer un régimen probatorio informal.

Normalmente la comisión de un delito menor, catalogado como no violento es desviado a un régimen probatorio informal antes de que se presente una petición. Debe tenerse en cuenta que la mayor parte de los delitos procesados ante los tribunales juveniles surgen en razón de la comisión de delitos menores, tales como es el caso del hurto en tiendas, donde el Juez puede dictar un régimen probatorio informal que una vez cumplido por el menor ocasionará que se retiren los cargos imputados.

En este supuesto el menor será puesto bajo vigilancia de un agente  que deberá supervisar que cumpla los parámetros establecidos en relación al régimen probatorio. Esto significa que el menor debe cumplir una serie de condiciones establecidas por el Juez, ya que de no cumplirlas el caso seguirá abierto. Las mencionadas reglas pueden abarcar la obligación de cumplir con los deberes escolares, eliminar el grafiti, y ofrecer servicio comunitario.

Ahora bien, cuando el menor incumple las condiciones impuestas por la corte, existe la posibilidad de que sea revocado el programa de desvió otorgado y se  inicie formalmente un procedimiento judicial en su contra. Todo esto evidencia la importancia de que un menor sancionado de acuerdo a este régimen, cumpla con los por gamas de asesoramiento y condiciones impuestos por el Juez

Diferir el dictamen del fallo (DEJ)

Esta corresponde a otra opción de sanción, que un Juez puede dictar durante el desenlace de la fase de disposición de un caso de menores, la cual sólo puede imponerse si el menor admite que cometió el delito que se le imputa, posteriormente el menor ingresara a un programa que durará entre doce y treinta y seis meses, el cual  deberá finalizar con éxito para ser absuelto de los cargos formulados en su contra.

Un ejemplo es el siguiente: Johan cuya edad es 15 años, es sorprendido por un agente de la policía con posesión de marihuana, sin embargo su historial criminal es impecable, convive en una ambiente familiar tranquilo y es un buen estudiante, por lo tanto el agente de libertad condicional competente considera que Johan responderá bien a un programa de rehabilitación y el Juez decide imponer como medida de sanción un programa DEJ, el cual una vez concluido permitirá que Johan retire sus declaración de culpabilidad y se desechen los cargos presentados.

Poner al menor bajo un régimen probatorio formal

Cuando un Juez sanciona a un menor con un régimen probatorio formal, significa que este permanecerá bajo la custodia de la corte, sin embargo en ocasiones se permitirá que el menor complete dicho régimen en su casa.

Cuando la corte designa a un menor bajo su tutela, puede decidir ponerlo en casa de un pariente o en algún hogar grupal  como un régimen probatorio formal.

No obstante un régimen de esta naturaleza, conlleva varios parámetros y condiciones establecidos por la corte con el fin de colaborar en la rehabilitación y tratamiento del menor, dentro de los que se incluye:

  • Asistir sin falta a la escuela.
  • El menor debe cumplir un toque de queda.
  • Asistir a programas de orientación por abuso de alguna sustancia, si corresponde.
  • Abstenerse de acercarse a determinadas personas.
  • Prestar servicio comunitario.
  • Obligación de borrar los grafitis.
  • Indemnizar a la víctima.

Sin embargo en el supuesto de que el Juez considere que el menor debe ser castigado de acuerdo a un estándar más elevado para cumplir su régimen probatorio formal, es probable que ordene que el mismo sea puesto en un campamento. A tales efectos un programa de campamento tiene una duración comprendida entre tres y doce meses.

En el Estado de California existen campamentos distribuidos en los diferentes condados, los cuales en su mayoría cuentan con dormitorios, situación que facilita que se brinde un  servicio mejor estructurado que debe cumplirse a diario y permite que se ofrezcan programas educativos, de asesoramiento y de tratamiento.

Es necesario destacar que un régimen probatorio formal es más estricto que uno informal, ya que el mismo acarrea restricciones mayores y en estos casos el menor queda bajo custodia de la corte, es decir, que será la autoridad competente quien decida lo pertinente al menor y no los padres.

Celebrar un compromiso con las autoridades juveniles de California (CYA)

Esta corresponde a la sanción más severa que puede dictarse contra un joven en la fase de disposición, ya que la CYA forma parte del Departamento de Correcciones y Rehabilitación.

El supuesto de que un menor sea sancionado con la obligación de cumplir una pena en alguna de las infraestructuras pertenecientes a esta división, se debe a que el menor incurrió en la comisión de un delito grave relacionado con el empleo de violencia física que causó fuertes daños a la víctima. Dicho delito debe ser uno de los contemplados el literal b del apartado 707 del Código de Instituciones y Bienestar, como por ejemplo la violación, el secuestro y el asesinato.

El objetivo fundamental de la CYA es brindar las medidas correctivas necesarias, de tal modo que pueda llevarse a cabo la rehabilitación del menor para que se reinserte a la sociedad y no cometa nuevos delitos en el futuro. Dicho departamento busca cubrir los requerimientos de los menores, garantizándoles tratamientos y educación hasta que alcancen los veinticinco años de edad.

Cuando un menor ingresa a un departamento de la CYA significa que debe ir a una escuela y si completa la secundaria será incorporado a programas de capacitación y de estudios universitarios. Además existe la probabilidad de que se le asignen trabajos pagados tales como preparar alimentos y labores de limpieza en el sitio donde convive.

No obstante el menor también formará parte de los programas requeridos de acuerdo a sus conductas y condiciones de edad, madurez y grado educativo entre otros.

¿Cuáles consecuencias se derivan del dictamen de una sentencia de este tipo?

Erróneamente las personas suelen presumir que los delitos cometidos por menores son incidentes sin relevancia que quedarán en el pasado, sin embargo esto es incorrecto, puesto que en el escenario de que un menor reciba una sentencia en su contra por parte de la corte se creará un registro en el cual se plasmara todo lo ocurrido en relación al caso y posteriormente si la autoridad competente requiere examinar dichos registros podrá hacerlo.

Si el ilícito cometido por el menor es una felonía, puede ser calificado como algún “strike” a efectos de la ley de reincidencia de california, lo que implica la reincidencia del menor en la ejecución de un delito en el futuro, acarrea la imposición de sanciones más severas en comparación con las dictadas  en el caso de una primera transgresión.

Aunado a esto si el menor cometió un ilícito sexual  de los que exigen el registro del condenado como ofensor sexual, deberá cumplir dicha exigencia, lo cual es una situación desagradable que ocasiona gran repudio y exclusión por parte de la sociedad en general.

¿Qué acciones puede tomar una persona luego de la fase de disposición?

Entre las acciones que puede tomar un individuo una vez finalizada la fase de disposición de un caso de menores están:

  • Apelar
  • Solicitar que se anule una orden judicial.
  • Imponer una disposición más severa.

Apelar

Si el menor considera que no se respetaron sus derechos o no está conforme con los resultados del proceso judicial, el abogado encargado de su defensa puede apelar, para lo cual durante el lapso de sesenta días contados a partir de la audiencia de disposición o de la fecha en la que el Juez emitió una sentencia, debe consignar un aviso de apelación. 

No obstante esta no es una acción restringida al menor ya que en estos casos la fiscalía también puede apelar.

Solicitar que se anule una orden judicial

El menor puede acudir ante la corte y solicitar que se cancele alguna orden judicial, bien sea porque cambió la situación o porque surgieron nuevas pruebas.

Imponer una disposición más severa

Si el menor ha incumplido los términos y condiciones establecidos por el Juez, es probable que deba presentarse nuevamente ante la corte para recibir la imposición de sanciones más severas.

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Un error de juventud puede traer consigo un sinfín de consecuencias jurídicas negativas para la vida de un individuo, y es en la audiencia de disposición donde se decidirá el curso de un proceso judicial iniciado en contra de un menor, ya que durante esta fase el Juez dictara una sentencia contra el menor en la cual indicará los parámetros y condiciones de la misma.

Por tal motivo se aconseja que todo individuo acusado por ilícitos relacionados con delincuencia juvenil  en Los Angeles, CA, contar con asistencia legal desde el inicio del proceso, para que cuando llegue el momento de celebrar la Audiencias de Disposición, el abogado encargado de su defensa cuente con los medios necesarios que le permitan obtener la imposición de sanciones más flexibles, un profesional de la firma LA Criminal Defense Attorney puede asumir casos de este tipo ya que su trayectoria en casos similares y sus conocimientos pueden permitirle instaurar una óptima defensa y despejar sus dudas, solo debe llamar al 310-933-9439 y solicitar que se le aparte una cita para empezar a recibir asesoría inmediata.