Aunque según los estatutos de ciertos condados de Estados Unidos la prostitución es permitida legalmente, en el caso de California esto no es igual. Por ello, se le atribuyen sanciones a toda persona que se dedique a tal actividad en ese Estado, dándole la connotación de delitos sexuales. Estos delitos son penados con prisión y/o multas dependiendo de las circunstancias que rodean el caso.
Ahora bien, el presente artículo va a ir referido a dos delitos totalmente diferentes: Prostitución y Solicitación. La prostitución; es un acto mediante el cual, a cambio de una compensación dineraria o de servicio, una persona accede a tener sexo o actos lascivos con otra. Mientras que, la Solicitación; es la acción inicial de requerir la prostitución. Bajo cualquiera de estos dos cargos, las sanciones que se imponen son rigurosas y generan una serie de consecuencias legales que pueden ser abrumadoras.
Busque ayuda de un abogado de prostitución y solicitación en California
Sea cual sea su caso, ambos cargos a los que nos referimos traen consigo repercusiones tanto legales como personales, ya que, seguramente se verá afectada negativamente su reputación, y esto por supuesto incide en que sus oportunidades laborales y para arrendar una vivienda se vean disminuidas. Por ello, aunque su caso no parezca tener posibilidades de obtener una sentencia favorable, debe contratar a un abogado criminalista que le defienda. Muchas veces las acusaciones se ven debilitadas mediante una defensa adecuada.
Contacte ya mismo a un abogado de prostitución y solicitación en Los Ángeles de LA Criminal Defense Attorney para asesorarse sobre sus oportunidades y evaluar sus posibles defensas.
¿Qué se entiende por prostitución?
Según la sección 647(b) del Código Penal de California, el término “prostitución” se define como el intercambio de una contraprestación sea de dinero, bienes, o servicio, por sexo o actos lascivos.
A su vez, el término “acto lascivo” abarca las acciones de tocamientos al cuerpo de otra persona para encontrar placer para sí mismo, por ejemplo, en los glúteos, genitales, busto, boca, cuello. Siempre que dicha conducta encaje en los elementos de la prostitución: realizar algún acto lascivo en el cuerpo de otra persona a cambio de una contraprestación económica, se considera también un acto penado a razón de este delito.
Bajo esa definición, estos son algunos ejemplos que sirven para comprender el delito:
- Que una mujer permita que otra persona toquetee su busto o le inflijan dolor físico en partes del cuerpo a cambio de dinero o droga.
- Que una persona acceda a tener relaciones sexuales con otra a cambio de dinero o droga.
¿Qué se entiende por solicitación?
Por su parte, el término “solicitación” legalmente se emplea para describir la acción en que una persona propone a otra un acto de prostitución, en palabras más simples, es la acción de proponer, influenciar, solicitar a una persona un acto de prostitución. Explicado con ejemplos, estas son situaciones que pueden llegar darse para la ocurrencia del delito al que nos referimos:
- El caso de un hombre que se siente atraído sexualmente por una mujer que conoce en una fiesta, y este se le acerca y le propone que vayan a un hotel, ella no accede, pero él insiste y le ofrece dinero a cambio.
- O una mujer que le propone a un hombre que le de drogas y a cambio ella mantendrá relaciones sexuales con él.
¿En qué se diferencia la prostitución de la solicitación?
Aunque las situaciones que describen estos dos términos sean similares, los mismos corresponde a delitos completamente distintos, y en consecuencia, acarrean sanciones diferentes.
La prostitución; requiere la participación voluntaria en el acto de índole sexual, y la contraprestación o beneficio que se recibe por este.
De forma distinta al delito anterior, la solicitación; requiere que se haya hecho la simple solicitud para cometer la prostitución, es decir, no requiere que se haya materializado el intercambio de la contraprestación ni que se haya consumado el acto de índole sexual, o si quiera que se haya llegado a establecer un trato, únicamente basta con la proposición por parte de una persona hacia otra.
¿Bajo qué circunstancias se infringe lo dispuesto por estos delitos?
Según las leyes de California, se incurre en estos dos delitos de índole sexual cuando se participa, o se acepta participar en la prostitución, así como, pedir u ofrecer dicho acto.
Cuando se participa en la prostitución
La acción de participar requiere ser partícipe o actuar en el acto delictivo, por lo que incluye las siguientes circunstancias:
- Recibir sexo o actos lascivos a cambio de dinero o cualquier otra contraprestación, o
- Recibir dinero a cambio de tener sexo o acciones lascivas.
El hecho requiere además que sea voluntario, es decir, que quienes son participes tengan la intención deliberada de cometer el acto, lo que no es igual a que tengan conocimiento sobre de que este es ilegal, ya que esta última circunstancia no es necesaria para enfrentar un cargo a razón de prostitución. Ejemplo, una persona que esté siendo explotada sexualmente y, bajo coerción, acceda a ser prostituida, no puede ser encontrada culpable del delito.
Cuando se acepta participar en un acto de prostitución
La aceptación de cometer la prostitución no corresponde a ejecutar el acto en sí, sino acceder o estar de acuerdo en cometerlo y requiere que, quienes participen en el acuerdo, tengan la intención real de ejecutarlo y que hayan realizado acciones para llegar a ese fin. Explicado de otra manera, estas son las situaciones que deben coexistir para que ocurra la aceptación:
- Usted llegó a un acuerdo para cometer el acto.
- Usted tenía reales intenciones de cometer el acto.
- Usted llevó a cabo acciones para finalmente cometer el acto, un ejemplo respecto a este último elemento es: el registro en un hotel, el encuentro posterior para ir al hotel, el retiro de dinero en efectivo de un cajero automático, una transferencia de dinero realizada vía online, y en fin cualquier indicio que haga presumir que realmente quiso ejecutar el acto delictivo.
Pedir u ofrecer un acto de prostitución
Este es el caso de la solicitación, el cual requiere: el ofrecimiento de cometer el acto delictivo, y la intención real de ejecutarlo.
Como lo explicábamos en líneas anteriores, “ofrecer” es el acto de la proposición, explicado en palabras simples: “yo te doy dinero si tú tienes sexo conmigo” o “yo te doy sexo si tú me das dinero” lo que constituiría una mera solicitud o propuesta.
La intención real de ejecutarlo se encuentra íntimamente relacionada con el ofrecer el dinero o el sexo, y se constituye aun cuando la otra persona no haya aceptado. Pero además la intención debe ser perceptible, es decir, que se aprecie real. Esto último es importante ya que muchas veces ocurren situaciones que aparentemente pueden encajarse en este hecho punible, pero que en realidad no es así. Un ejemplo podría ser una broma donde, un grupo de amigos pasan por una calle donde ven a una mujer atractiva y bromeando íntimamente entre ellos insinúan una propuesta de dinero a cambio de sexo pero que verdaderamente no tienen reales intenciones de ejecutar, sino que sucedió como un acto inocente, pudo haber sido un reto que le sugirieron al individuo que propuso, una simple broma, un intento de llamar la atención de la mujer, lo cual no da lugar a una condena a razón de este delito.
En cualquier situación donde se incurra en la solicitación, dependerá de quién haya propuesto la prostitución o haya iniciado la interacción para que el fiscal decida a cuál parte es atribuible la acusación por este delito.
¿Puedo ser hallado culpable por prostitución si tengo menos de 18 años?
No, bajo los estatutos de California un individuo menor a 18 años no puede enfrentar sanciones de este tipo. Sin embargo, de cometer este hecho siendo menor a esa edad se considera “niño explotado sexualmente comercialmente”.
¿Qué hago si estoy siendo investigado por estos cargos?
Aunque esto le parezca innecesario, los detalles específicos de la situación en la que se vio involucrado por cargos de delitos sexuales son muy importantes, por ello anote cada uno de ellos: nombres, fecha, hora, lugar en el que estuvo el día que ocurrió el hecho, porque muchas veces estos, por ser simple, tienden a olvidarse y para su defensa son muy importantes.
Otra cosa que puede hacer es pensar en la evidencia que tiene a su favor y recolectarla: mensajes de textos donde usted no accedió a las propuestas, mensajes de odio u amenazas de involucrarlo falsamente de un delito sexual, mensajes eróticos entre la persona con la que mantuvo relaciones sexuales en la que se exprese el deseo sexual incondicional de ambos o de ser el caso el grupo de personas, nombres de datos de las personas que estuvieron con usted el día y la hora en la que ocurrió presuntamente el hecho, y en fin, cualquier prueba de la que se pueda hacer valer para enfrentar acusaciones en su contra.
Y por último, busque en cuanto antes a un abogado de prostitución y solicitación, este le ayudará a entender su situación legal y de las defensas que se pueden emplear para disminuir sus cargos o desestimarlos por completo. Entre más tiempo transcurra, su caso puede verse envuelto en mayores complejidades y usted asumir cargos y sanciones rigurosas, un abogado criminalista conoce mejor el proceso y sus derechos, por lo que podrá agilizar el juicio y aplicar una defensa adecuada.
¿Qué sanciones se aplican ante cargos de prostitución o solicitación en CA?
Un cargo a razón de ambos hechos punibles es considerado siempre como delito menor, no obstante, las rigurosidades de las sanciones dependerán de otros elementos como: lugar en dónde se cometió el delito o si se trata de una primera sentencia, o por lo contrario, el acusado tenía antecedentes penales por la comisión de otros hechos punibles de esta misma índole.
Explicado a mayor detalle, si usted es hallado culpable en su primer cargo de prostitución o solicitación, podría enfrentar las siguientes condenas:
- Hasta un máximo de 6 meses de pena de prisión y/o
- Pago por multa no mayor a $1.000.
Si es el caso de que ya se tiene un precedente legal a razón de delitos sexuales es necesario que cumpla con al menos 45 días de privativa de libertad, aun cuando las circunstancias de su caso no conlleven a otras condenas más rigurosas.
Similar situación ocurre, si se tratase de una tercera sentencia por la comisión de delitos sexuales, en cuyo caso deberá cumplir con mínimo 90 días de prisión en el condado.
Por otro lado, en situaciones muy específicas, la prostitución puede considerarse un delito agravado, lo cual acarrearía por supuesto, sanciones mucho más rigurosas que las mencionadas con anterioridad y otras consecuencias legales como su deportación de ser un inmigrante.
Cabe destacar, que además de las condenas mencionadas, en todos los casos de prostitución el Juez dará orden a que le sea practicada una prueba de VIH.
Otras consecuencias legales relacionadas con los cargos de prostitución y solicitación
Como siempre damos a conocer, cualquier delito, incluyendo la prostitución y solicitación, puede conllevar a una cadena de consecuencias legales en virtud de las circunstancias o detalles de cada caso en concreto.
Ahora bien, estos delitos pueden conllevar a otras situaciones legales en razón del lugar donde se cometieron. Si, por ejemplo, el acto sexual se materializó dentro de un vehículo automotor que usted conducía le podrían suspender la licencia para conducir por hasta un máximo de 30 días, u otorgarle la denominada “licencia restringida” donde usted podrá conducir, pero en un perímetro restringido: su trabajo o universidad.
Otra consecuencia legal es la posibilidad que se vea afectado su estatus migratorio, pudiendo acarrearle una deportación por haber cometido delitos sexuales.
Así mismo, en el proceso de ocurrencia de la prostitución y solicitación se pueden generar otros delitos que aumenten sus cargos y por ende otras sanciones se pueden ver implicadas en una sentencia desfavorable.
¿Si me condenan en razón de alguno de estos delitos debo registrarme como delincuente sexual?
Usualmente una condena por alguno de estos hechos punibles no son delitos cuyos infractores se les ordene ser registrado bajo el nombre de delincuente sexual. Los casos donde mayormente un Juez ordena que la persona condenada deba ser registrado son: actos lascivos a menores, violación, agresión sexual, o cualquier otro delito sexual considerado como grave.
¿Cuáles son las estrategias de defensa que comúnmente se aplican en estos casos?
Aunque los detalles de su caso le parezcan incriminatorios y que no crea que exista una solución favorable para usted, no se abrume por ello, existen estrategias de defensa que, empleadas adecuadamente, pueden llegar a debilitar los argumentos y evidencias que se tienen en su contra. De hecho, en ocasiones el juicio se basa en una única evidencia probatoria relevante, y aunque parezca totalmente incriminatoria, mediante defesas por parte de abogados de prostitución y solicitación, puede llegar a ser desechada del caso.
Las estrategias de defensa mayormente utilizadas para los delitos a los que nos hemos referido son las siguientes:
Evidencia insuficiente
Como lo mencionamos anteriormente, en muchos casos un abogado de leyes criminales posee los elementos para restarle valor a una prueba y lograr que sea desechada, muy comúnmente sucede cuando las evidencias que se tienen en su contra se obtuvieron en violación de procedimientos establecidos en los estatutos. Bajo esta defensa también se encuentran las situaciones donde de por sí las pruebas presentadas son débiles, bien sea porque no se tienen las suficientes o porque el Fiscal no probó lo que buscaba probar mediante esa evidencia.
Trampas
Estos casos comúnmente se constituyen cuando el acusado fue atrapado mediante las llamadas operaciones policiales encubiertas, donde un agente de la ley se disfraza como un particular más y finge ser una persona dispuesta a prostituirse o algún potencial solicitante de este acto. Esto es un procedimiento totalmente legal, pero cuando se ve involucrada una mala conducta policial para incriminar a toda costa al acusado entonces este fue víctima de trampas policiales.
Las trampas policiales constituyen acciones ejecutadas por partes de estos que ocasionan que una persona, normalmente cumplidora de las leyes, cometa un delito. En este caso, su abogado criminalista deberá traer elementos al juicio que prueben este tipo de conductas, por ejemplo:
- Adulaciones
- Toqueteo de las partes genitales para excitar y hacer que la persona acceda
- Garantizar que la acción que se va a cometer no es un delito
- Insistencia por parte del agente encubierto
- Evitar que la persona se aleje bloqueando la puerta del vehículo automotor
- Ofrecer repetidas veces cantidades de dinero cada vez más cuantiosas y poco reales
Y cualquier otro indicio que evidencie que, aunque el acusado inicialmente no correspondió a las ofertas hechas por el agente policial, finalmente fue inducido e influenciado por este a cometer el hecho punible.
No hubo intención
Como lo mencionamos con anterioridad, la intención es un requisito para la ocurrencia de ambos delitos aquí referidos, de manera que, si la falta o carencia de esta exigencia es demostrable al jurado, no podría ser condenado por alguno de estos delitos. Un ejemplo, puede ser el hecho de que usted se haya encontrado a una amiga en la calle mientras iba en su vehículo, y amablemente, le ofrece llevarla hasta el lugar a donde esta se dirigía, el cual era un hotel donde participaría en un encuentro sexual a cambio de dinero con otra persona, pero usted no lo sabía. Esta situación, a la vista de agentes que investigan a la mujer, parece ponerlo a usted en un acto de solicitación y se presentaran como evidencias: fotos donde se le ve conversando con ella desde la venta de su automóvil, que la invitó a montarse en él, que ella accedió, y que usted la llevó a un hotel, todas pruebas circunstanciales que lo pudieron haber involucrado en la investigación.
¿Qué delitos se cometen simultáneamente en casos de prostitución o solicitación?
Algunos delitos que se cometen de manera simultánea son:
Supervisar o ayudar a una prostituta: este delito abarca todo comportamiento de una persona dirigido a supervisar o ayudar a una persona que es prostituida, por ejemplo, ser su escolta, vigilar que no se escape, evaluar sitios estratégicos para conseguir más personas dispuestas a pagar, servir de traslado para los sitios en que se acuerda llevar el acto de la prostitución por quienes participan, y cualquier otro comportamiento o acción que arroje indicios de la comisión de este delito.
Conducta lasciva en público: este delito también tiene que ver con el lugar donde se cometió la acción e incluye cualquier acto considerado como lascivo, por ejemplo, tener sexo oral o hacer gemidos, siempre que se comentan en un lugar público y que resulte repulsivo u ofensivo para las personas que se encuentren en el lugar.
Proxenetismo: una persona incurre en este delito cuando incita a otra a tener como oficio la prostitución, a fin de obtener una manutención o porcentaje de las ganancias económicas obtenidas por el individuo que se prostituye.
Exposición Indecente: como su nombre lo indica, el delito implica exponer de manera intencional, los genitales para satisfacerse a sí mismo u ofender a otra persona.
Contactar un abogado de Prostitución y Solicitación en CA cerca de mí
Ser investigado judicialmente por cualquiera de estos delitos no es una situación fácil para quien tiene que sufrir las consecuencias en su vida personal, con su pareja, con sus hijos, su familia, su reputación y la de estos, ya de por sí las secuelas a nivel personal que un cargo por prostitución o solicitación pueden conllevar son devastadoras, como para añadirle el miedo abrumador de enfrentar una sentencia desfavorable en su contra. Por ello, ponga su situación legal en manos de un abogado de prostitución y solicitación en Los Ángeles de LA Criminal Defense Attorney, quien evaluará su caso, le ayudará a entender las posibilidades que tiene para lograr una sentencia a su favor, y le acompañará en cada instante de su proceso.
Llámenos ya mismo al 310-933-9439 y programe su consulta gratuita y confidencial, nuestro equipo entenderá sus circunstancias y disipará todas sus inquietudes o dudas.